Objeto de la ayuda
Introducción de las tecnologías digitales en la industria mediante puesta en marcha por parte de las empresas de proyectos de Industria 4.0.
Beneficiarios.
Pymes del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, y que desarrollen una actividad industrial productiva.
Requisitos de los solicitantes:
- Para ser considerada pyme: empresas con menos de 250 personas y volumen de negocios anual inferior a 50 millones de euros o balance anual inferior a 43 millones de euros.
- Para ser considerada empresa del sector industrial: tener una actividad económica encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
Gastos subvencionables
- Adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales, consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos. Se excluye la adquisición de terrenos y los gastos en edificios.
- Adquisición, renovación o extensión de inversiones inmateriales, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad.
- Costes de los servicios de consultoría prestados por consultores externos. Estos servicios no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
No son subvencionables las inversiones realizadas mediante arrendamiento financiero (renting, leasing…).
La suma de todos los gastos subvencionables debe ser superior a 40.000 €, excepto los que son de consultoría exclusivamente, en los que la suma de los gastos debe ser inferior a 40.000 €.
Máximo una solicitud por empresa.
En caso de aprobación, la subvención se cobrará tras la justificación de la actuación realizada
Tipo de ayuda, cuantía y limitaciones:
Tipo de ayuda: subvenciones.
La cuantía de la subvención depende del tamaño de la empresa, del Municio en el que está ubicada y del tipo de inversión a realizar.
- Subvención de hasta el 30% de la inversión para inversiones en maquinaria y software
- Subvención de hasta el 50% de la inversión para inversiones en consultoría
Plazo de ejecución del proyecto:
La inversión debe realizarse después de presentar de solicitud de la ayuda y antes del 15 de septiembre de 2020.
Fecha tope presentación:
Hasta que se agote el crédito disponible.
Para ampliar información o recibir un diagnóstico gratuito de las ayudas que puede recibir tu empresa, por favor contacta con:
Teléfono: 916 541 411
Email: ffernandez.ks@empresariosdealcobendas.com
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