Alcobendas

Nueva ordenanza de movilidad Ayuntamiento de Alcobendas – Zona de bajas emisiones

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Ordenanza de Movilidad en Vigor desde el día 16 de diciembre de 2022

La ZBE quedará delimitada por las siguientes vías:

Bulevar Salvador Allende, Mariano Sebastián Izuel, Marquesa Viuda de Aldama y Libertad.

Comprende las siguientes vías: — Calle Las Huertas. — Calle de la Cruz. — Calle Picatrés. — Calle de las Viñas (parking residentes). — Calle Empecinado. — Calle de la Iglesia. — Calle de la Paz. — Calle Cáceres. — Calle Carmen Méndez Baena. — Calle del Capitán Francisco Sánchez. — Travesía del Capitán Francisco Sánchez. — Calle Soria. — Calle de Sandalio Aguado. — Plaza de los Afligidos. — Pasaje del Codo. — Calle del Codo. — Calle del Turco. — Calle Flor. — Calle Fuentidueña. — Calle Alicante. — Travesía de Álava. — Plaza de Rosa Chacel (parking privado). — Calle de Covachuelas. — Calle Real Vieja. — Calle de Álava. — Travesía de Álava. — Calle de Albacete. — Calle Pascual Hermanos. — Calle Antonio Machado. — Calle Julián Baena de Castro (parking residentes).

2º.- Despliegue de la Zona. Señalización, elementos de control, dispositivos de lectura de placa de matrícula, cámaras de tráfico, otros elementos de ordenación y regulación y calmado del tráfico e instrumental de medición de la calidad del aire: Durante el primer semestre del año 2023. Finalizará, conforme a la licitación adjudicada, el 30 de junio de 2023.

3º.- 16 de junio de 2023: Fin de periodo transitorio de colocación de etiqueta medioambiental en los vehículos conforme a la Ordenanza de Movilidad de la ciudad de Alcobendas, conforme a la normativa de Seguridad Vial y las instrucciones de la DGT en esta materia.

4º.- Campañas informativas a usuarios y residentes: Durante el segundo semestre del 2023 se realizarán campañas informativas a usuarios y residentes. El tercer trimestre del año campañas en las que se explicarán exhaustivamente las medidas que se van a adoptar, incidiendo en el control de accesos, circulación y estacionamiento. Para el último trimestre del año, se remitirán notificaciones los conductores avisando, en su caso, de la posible comisión de una infracción a la normativa de ZBE.

5º.- A partir del 1 de enero de 2024 se hará efectivo el control de acceso, circulación de los vehículos por la zona y el régimen de estacionamiento dentro de la ZBE y se procederá desde entonces a sancionar a aquellos vehículos que incumplan la normativa que ya se ha difundido suficientemente entre los usuarios de esas calles (vecinos, vehículos en tránsito, zona comercial, etc.).

Convocatoria para la concesión de ayudas para empresas y autónomos en Alcobendas | Del 15 de junio al 15 de julio

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El BOCM de hoy, 14 de junio, ha publicado la convocatoria de subvenciones para el impulso del sector del turismo en Alcobendas.

 

Beneficiarios
Empresas o empresarios/as individuales dados de alta censal
en Hacienda, tanto en actividades empresariales como en actividades profesionales, que desarrollen una actividad económica, cuyo epígrafe esté relacionado en el Anexo I de la presente convocatoria y que tengan local o establecimiento de la actividad en Alcobendas, o domicilio fiscal/actividad en Alcobendas.

Ser empresa en alguna de las siguientes modalidades:
— Persona física: empresario individual, sociedad civil o comunidad de bienes.
— Persona jurídica: sociedad mercantil, incluidas las sociedades mercantiles especiales (sociedades laborales y cooperativas).

Las empresas han de tener la calificación de pequeña empresa conforme a lo establecido en el anexo I del Reglamento de la Unión Europea número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:
— Aquellas que ocupan a menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

 

CNAES incluidos relacionados con comercio, hostelería, hoteles, telecomunicaciones, servicios de información, comunicación, publicidad, traducción, limpieza de edificios, organización de eventos, gimnasios, peluquería…

 

Cuantía
El Ayuntamiento de Alcobendas destina una cuantía total de 160.000 euros. Dicho importe podrá ampliarse hasta un máximo de 3.000.000 euros, sin necesidad de nueva convocatoria.

Se establecen dos líneas de subvención con las siguientes cuantías:
Línea 1: Se concederá una cantidad de hasta 5.000 euros  para un mismo beneficiario, que acredite tener local o establecimiento abierto al público o afecto a la actividad, en el término municipal de Alcobendas, considerándose también afectos a actividad aquellos establecidos localizados en centros de negocio.

Línea 2: Se concederá una cantidad de hasta 4.000 euros para un mismo beneficiario, cuyo domicilio fiscal esté localizado en Alcobendas sin contar con local afecto a la misma. Todo ello, hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria. En caso de no agotarse el crédito presupuestario, se podrán aumentar ambas cuantías de forma proporcional entre todos los solicitantes que hayan resultado adjudicatarios, hasta un máximo de 2.000 euros por cuantía y por beneficiario, no superando en ningún caso, los gastos subvencionables oportunamente justificados dentro del período subvencionable estipulado en estas bases.

 

Gastos subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables los conceptos relacionados en este apartado que hayan
sido realizados y abonados en el período comprendido desde el 1 de enero de 2022 hasta el
momento de la presentación de la solicitud de subvención:
– Cuotas de alquiler del local afecto a la actividad durante el período subvencionado, o cuotas del préstamo hipotecario, con especificación del domicilio donde se ejerce la actividad.
– Gastos de creación, desarrollo y mantenimiento web; aplicaciones, marketing y publicidad on-line.
– Adquisición y mantenimiento de software de gestión empresarial.
– Formación en procesos de digitalización comercial y empresarial.

 

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será del 15 de junio al 15 de julio.

 

Presentación de solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el modelo de la Convocatoria denominado “Solicitud de ayudas para el impulso del sector de turismo en Alcobendas”.

 

Documentación
La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada y firmada y se acompañará de la siguiente documentación según proceda:
a) Fotocopia de CIF, DNI o NIE, por las dos caras o autorización para su consulta.
b) Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o alta en Mutualidad alternativa, junto con el último recibo de pago (en el caso de personas físicas y autónomos societarios).
c) Certificado actualizado de situación censal de actividades económicas de la AEAT.
d) Escritura de apoderamiento o documento acreditativo de representación legal conforme al artículo 5 de la Ley 39/2019, de 1 de octubre, o contrato de Comunidad de bienes/ S Civil. Si la actividad está establecida en un centro de negocios: contrato suscrito con dicho centro de negocios.
e) Poder del representante legal que cursa la solicitud.
f) Certificado de estar al corriente de sus obligaciones ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la  entidad/empresario individual solicitante o autorización para su consulta.
g) Certificado de estar al corriente de sus obligaciones ante la Seguridad Social de la entidad, empresario individual solicitante, comuneros o de los autónomos societarios o autorización para su consulta. En caso de tener concedido favorablemente un aplazamiento previo a la presentación de la solicitud deberá de presentarse junto con el resto de la documentación.
h) Certificado de no tener deudas tributarias con el Ayuntamiento de Alcobendas de la entidad y/o empresario individual solicitante o autorización para su consulta. En caso de tener concedido favorablemente un aplazamiento previo a la presentación de la solicitud deberá de presentarse junto con el resto de la documentación.
i) Licencia de apertura y funcionamiento del establecimiento o autorización para su consulta.
j) Documentación acreditativa de los gastos subvencionables mediante aportación cumplimentada de declaración  responsable (modelo normalizado anexo II), siendo los gastos subvencionables los siguientes:
— Cuotas de alquiler del local afecto a la actividad durante el período subvencionado, o cuotas del préstamo hipotecario, con especificación del domicilio donde se ejerce la actividad.
— Gastos de creación, desarrollo y mantenimiento web; aplicaciones, marketing y publicidad on-line (solo se admitirán facturas de importe igual o superior a 100 euros junto con su correspondiente justificante de pago).
— Adquisición y mantenimiento de software de gestión empresarial (solo se admitirán facturas de importe igual o superior a 100 euros junto con su correspondiente justificante de pago).
— Formación en procesos de innovación comercial y empresarial (solo se admitirán facturas de importe igual o superior a 100 euros junto con su correspondiente justificante de pago).

Deberá justificarse en la solicitud mediante declaración responsable la ausencia de todos los impedimentos para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones relacionados en el apartado 6 de las presentes bases.

La empresa interesada en la subvención, en el impreso de solicitud, tiene la opción de no autorizar al órgano concedente para obtener de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en el artículo 18 y 19 del RGS relativas a las obligaciones tributarias y con el Ayuntamiento de Alcobendas, así como con la Seguridad Social, así como el documento acreditativo del solicitante o del representante legal.

En caso de no autorizarse, el solicitante deberá aportar los citados documentos:
— Certificado de estar al corriente de obligaciones con Hacienda y con el Ayuntamiento.
— Certificado de estar al corriente de obligaciones con Seguridad Social, tanto de empresa como del empresario o profesional autónomo.
— Licencia de apertura y funcionamiento del establecimiento.
— DNI/NIE del solicitante o representante.

 

ACCESO A LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

ACCESO A LA PUBLICACIÓN EN EL BOCM

GUÍA PRÁCTICA DE PRESENTACIÓN

AICA forma parte del Comité de Emergencia de Alcobendas para coordinar la ayuda a las víctimas de la invasión a Ucrania

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Presidido por el vicealcalde y presidente de la Fundación Ciudad de Alcobendas, Rafael Sánchez Acera, el Comité de Emergencia engloba a ONG y agentes sociales de la ciudad.

Sánchez Acera agradece la solidaridad y las iniciativas de los vecinos y vecinas con Ucrania y apela a que las ayudas se centralicen en las ONG y organizaciones que trabajan sobre el terreno, como indica el Gobierno de España.

 

Alcobendas ha constituido el Comité de Emergencia para coordinar la ayuda a Ucrania ante la grave situación que sufre su población civil. El objetivo es unificar y coordinar las diferentes iniciativas de ayuda que han partido en los últimos días desde las instituciones, así como desde la sociedad civil.

El Comité de Emergencia parte de la Fundación Ciudad de Alcobendas y ha estado presidido por el presidente de la misma y vicealcalde de Alcobendas, Rafael Sánchez Acera, y en el que ha participado la concejala de Protección Social, Inmaculada Puyalto. Este comité está formado por ONG, agentes sociales y sociedad civil de Alcobendas, tales como la Hermandad de la Virgen de la Paz, la Asociación de Empresarios de Alcobendas – AICA, UGT Norte, CCOO Norte, Apama, Cruz Roja y la FAPA de Alcobendas.

 

Ayuda sobre el terreno

Sin embargo, tal y como se ha acordado en el Comité de Emergencia, el vicealcalde ha apelado a que los y las alcobendenses que deseen ayudar a Ucrania lo hagan a través de las ONG e instituciones que se encuentran sobre el terreno, tal y como ha recomendado el Gobierno de España a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. De esta manera, se garantizará una mayor eficacia de la ayuda.

En este sentido, la Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo ha publicado una lista de estas organizaciones: Acción contra el HambreAlianza por la SolidaridadAyuda en AcciónCáritasCoopera ONGCruz RojaEducoEntreculturas, AlboanEspaña con ACNURFarmamundiFundación PROCLADEMédicos del MundoOxfam IntermónPlan InternacionalSave the ChildrenWorld Vision y Unicef.

Cualquier duda o pregunta sobre la mejor forma de canalizar la ayuda a Ucrania puede realizarse a la Fundación Ciudad de Alcobendas a través del correo electrónico fundacion@aytoalcobendas.org.

Encuesta Datos Abiertos Alcobendas

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El Ayuntamiento de Alcobendas busca, a través de la siguiente encuesta, conocer el nivel de implantación que tienen los Datos Abiertos en Alcobendas.

También servirá para promover el desarrollo de políticas comunes entre empresas, así como entre estas y la administración. Esta colaboración puede repercutir positivamente en el desarrollo social y económico de la ciudad.

Por ello, les invitamos a contestarla en el siguiente enlace: https://www.alcobendas.org/es/form/encuesta-datos-abiertos

Alcobendas amplía las rutas y servicios de limpieza en el polígono industrial

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  • Las mejoras implementadas en el contrato con la empresa Acciona multiplican por cuatro los servicios en este distrito de la ciudad.

 

A partir de ahora, todos los días de la semana se realizarán tareas de limpieza, bien de barrido mecánico y manual, bien de limpieza de objetos voluminosos o de restos abandonados.

Las mejoras que se ponen en marcha son un servicio de barrido mixto, compuesto de una máquina barredora apoyada con un operario con sopladora, para el polígono industrial y Valdelacasa durante tres días a la semana en horario de tarde.

Durante los otros dos días de la semana una brigada realizará, alternativamente, bien servicio de barrido mixto, bien limpieza de voluminosos u otros restos abandonados con un vehículo de caja abierta.

Por las tardes, habrá dos equipos para el servicio de barrido manual con apoyo de un vehículo motorizado los cinco días de la semana. Para ello se ha distribuido el polígono industrial en tres sectores, de manera que el sector con más carga de trabajo se realizará diariamente y los otros dos de manera alterna.

 

Noches y fines de semana también

También por las noches se ha previsto un servicio de barrido mecánico de calzadas durante tres días a la semana y un servicio de baldeo mixto un día a la semana.

Los fines de semana, aprovechando que hay menos ocupación de las vías, se va a realizar un servicio de limpieza intensiva para el que se han creado dos equipos de barrido mixto, compuestos por una máquina barredora mecánica de gran capacidad de aspiración y un operario con soplador.