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VIII Edición de los Premios CEPYME – Plazo abierto hasta el 22 de septiembre

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Le informamos que está abierta la convocatoria de la VIII Edición de los Premios CEPYME, cuyo objetivo es promover el reconocimiento social de la figura del empresario y divulgar su contribución al progreso económico y social, así como a la creación de empleo.

En esta octava edición se mantiene en once el número de categorías galardonadas, al igual que en la pasada convocatoria. De esta forma, las categorías que se premiarán son las siguientes:

– Pyme del Año

– Empresario Autónomo del Año

– Pyme Innovación Tecnológica

– Pyme Desarrollo Internacional

– Pyme Proyecto Emprendedor

– Pyme Creación de Empleo

– Pyme por la Igualdad

– Pyme o Empresario Autónomo por la Inclusión laboral de Personas con Discapacidad

– Pyme Eficiencia energética y la sostenibilidad

– Pyme Transformación digital

– Pyme con Mejores prácticas de pago

El plazo de presentación de las candidaturas finalizará el 22 de septiembre de 2021.

Toda la información sobre la convocatoria, tanto las bases como las instrucciones y el formulario para presentar las candidaturas, se encuentra en la web de CEPYME y en la página de los Premios CEPYME 2021.

Ayudas de la Comunidad de Madrid para servicios de I+D+i (Cheque Innovación. Estrategia RIS3)

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El BOCM del 29 de julio ha publicado la Orden 2026/2021, de 6 de julio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar en el año 2021 las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, Programa “Cheque Innovación”, en el marco de la estrategia regional para una especialización inteligente (RIS3), dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

La dotación presupuestaria para 2021 es de 900.000 euros.

Las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas por el Acuerdo de 9 de octubre de 2018.

La presentación de solicitudes deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática en el Registro Electrónico de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, de la Comunidad de Madrid. El plazo se mantendrá abierto hasta el agotamiento del crédito presupuestario disponible.

 

  • OBJETO

Regular las ayudas dirigidas a fomentar la implantación de la innovación y la transferencia del conocimiento científico y tecnológico en las pymes madrileñas, como instrumento para mejorar su competitividad.

  • BENEFICIARIOS

Podrán acogerse a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas que ejerzan de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado en el ámbito de la Comunidad de Madrid y que dispongan de al menos un centro de trabajo en la región, desde el que tengan previsto desarrollar las actividades subvencionadas.

Deberá tenerse en cuenta el artículo 5 de las normas reguladoras de las ayudas, que establece las exclusiones a la condición de beneficiario.

  • ACCIONES SUBVENCIONABLES

Se considerarán subvencionables las actuaciones derivadas de la contratación de:

– servicios especializados de apoyo a la I+D y a la innovación, con universidades, centros públicos de investigación, organismos de investigación y difusión del conocimiento, consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otros programas de ayudas de la Comunidad de Madrid, institutos IMDEA, centros de innovación públicos y privados, centros tecnológicos, parques científicos, que desarrollen su actividad y tengan su sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

– servicios de asesoramiento, consultoría y apoyo a la innovación con empresas proveedoras de servicios especializados de asistencia técnica en materia de I+D empresarial y apoyo a la innovación (ingenierías de procesos y productos, consultoras especializadas en gestión y apoyo a la innovación tecnológica, sistemas de gestión y organización de la innovación, etc.) que tengan su domicilio fiscal y un centro de trabajo desde el que presten los servicios en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

En ningún caso serán subvencionables las actuaciones o actividades habituales de la empresa, ni la modificación o adaptación de procesos productivos, productos o servicios existentes, que no supongan una innovación. En el apartado 2 del artículo 9 de las normas reguladoras de las ayudas se indican las actividades que están excluidas.

  • CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La cuantía de la ayuda será del 80% sobre los gastos que resulten subvencionables, pudiendo alcanzar el importe máximo de 60.000 euros.

La Comunidad de Madrid aprueba ayudas tecnológicas de hasta 60.000 euros para pequeñas y medianas empresas (Cheque Innovación)

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El Consejo de Gobierno ha aprobado esta dotación que permitirá a las pymes que las pidan y cumplan con los requisitos obtener ayudas de entre 12.000 y 60.000 euros, dependiendo de la línea de actuación que decida seguir el solicitante.

Los beneficiarios de este programa de ayudas serán las pymes que contraten servicios especializados de apoyo a la I+D y a la innovación, con universidades, centros públicos de investigación, organismos de investigación y difusión del conocimiento, consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otras convocatorias de ayudas de la Comunidad de Madrid. También podrán serlo los Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (IMDEA), centros de innovación públicos y privados, centros tecnológicos y parques científicos, que desarrollen su actividad y tengan su sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Del mismo modo, se incluyen todos aquellos que contraten servicios de asesoramiento, consultoría y apoyo a la innovación con empresas proveedoras de servicios especializados de asistencia técnica en materia de I+D empresarial y apoyo a la innovación, que tengan su domicilio fiscal y un centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Los fines que se persiguen con este programa son impulsar el uso de servicios de innovación por parte de las pequeñas y medianas empresas madrileñas y fomentar sus vínculos y sinergias con los centros de generación de conocimiento. Asimismo, se quieren promover actividades de transferencia de tecnología, facilitando los acuerdos entre las pequeñas empresas y las entidades expertas que conlleven la prestación de servicios técnicos de apoyo a la I+D+i empresarial.

El programa Cheque Innovación juega un papel fundamental, puesto que la concesión de las ayudas contribuye decisivamente a que las pymes madrileñas puedan mejorar sus procesos, ofreciendo productos y servicios de mayor calidad que garanticen su competitividad dentro del mercado, lo que les permitirá afrontar en mejores condiciones la crisis económica derivada del COVID-19.

 

Tramitación

El corazón tecnológico de Mobius Group, ganador en los “Premios Nacionales de Tecnología Siglo XXI”

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LOS 4

 

El prestigioso galardón reconoce el carácter innovador y el espíritu disruptivo del equipo de profesionales del grupo empresarial presidido por José Piñera Lucas y su contribución a la digitalización de la movilidad y la gestión de flotas.

José Piñera, además de presidente de Mobius Group, es presidente de la Comisión de Movilidad de AICA.

 
El impulso que Mobius Group está realizando para la gestión inteligente de flotas por una movilidad segura, eficiente y sostenible ha sido reconocida con el Premio Nacional de Tecnología Siglo XXI en la categoría MOVILIDAD. El galardón fue recogido por José Piñera Lucas (presidente), Fernando Pérez Granero (CEO) y Gabriel Cuesta (CTO/CIO) de Mobius Group en la IV Gala de entrega premios, celebrada en Madrid el 13 de abril.

El grupo empresarial ha sumado a la experiencia técnica de sus profesionales de Operaciones la capacidad tecnológica de un equipo propio de IT. Ambos equipos trabajan juntos en su laboratorio de Innovación de donde han salido soluciones tecnológicas con las que recorren el camino de la digitalización de la movilidad y gestionan medio millón de expedientes anuales para las flotas más importantes de nuestro país.

Peritación digital, automatización de comunicaciones, gestión de campas, decisión de compra inteligente, redireccionamiento automático de talleres o la propia gestión integral de la flota corporativa con Admiral Fleet, son algunas de las soluciones tecnológicas que la empresa comercializa y utiliza.

Y aunque el premio es tecnológico, el Presidente, José Piñera, lo dedica al equipo humano “cerebro y corazón de esta empresa, con distintos perfiles de ingeniería, tecnología, peritación, compras, seguridad, mecánica, administrativos, atención al cliente… Todos ellos profesionales altamente cualificados que traducen su compromiso con los clientes en motivación e ideas eficaces y eficientes”.

La experiencia técnica en la posventa y su propia capacidad tecnológica le sirvieron a Piñera para detectar la necesidad de transformación del sector y dirigir su empresa hacia la oferta de servicios y soluciones para la digitalización de la movilidad. De la gestión de servicios de movilidad surgió la necesidad interna de digitalizar procesos y de ahí la empresa dio el salto para ofrecer esa tecnología a otras empresas que afrontaban su propia digitalización.

El jurado de los “Premios Nacionales de Tecnología Siglo XXI” también ha valorado especialmente la capacidad transformadora de Mobius Group en el sector. Su CEO, Fernando Pérez Granero mantiene que “no estamos aquí para competir sino para complementar la exigente labor profesional gestor de flotas y de movilidad facilitando el proceso y aumentando la eficacia y la seguridad.”

Mobius Group es la suma del talento emprendedor de José Piñera (fundador de MKD Automotive), José Antonio Arpal (fundador de Fortius y PTRZ) y Hector A. Izquierdo (fundador de Garantiplus e Invarat). Las empresas se integraron bajo la misma marca Mobius Group en el año 2020.
RESUMEN DE LA ENTREGA DE PREMIOS: https://www.youtube.com/watch?v=ksKvziE8LHk

Ayudas financieras a proyectos industriales de I+D+i (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo)

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El BOE del 3 de julio publicó el Extracto de la Orden de 29 de junio de 2020 por la que se efectúa la convocatoria de concesión de ayudas a proyectos industriales de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de la industria manufacturera en el año 2020.

Las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas por la Orden ITC/859/2019 (BOE de 7 de agosto de 2019).

La dotación presupuestaría es de 50.000.000 de euros. La distribución de cuantías entre los distintos ámbitos temáticos previstos en la presente convocatoria es la siguiente:

a) Sector automoción: 15.000.000 euros

b) Sector aeronáutico y aeroespacial: 15.000.000 euros

c) Otras industrias manufactureras: 20.000.000 euros

A continuación, se exponen los principales aspectos de la citada línea de apoyo financiero.

 

OBJETO

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la industria manufacturera.

BENEFICIARIOS

Podrán tener la condición de beneficiario las sociedades con personalidad jurídica, que vengan desarrollando una actividad industrial productiva durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, que no formen parte del sector público.

PROYECTOS FINANCIABLES Y REQUISITOS

Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria manufacturera y adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:

1. Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor.

2. Descarbonización, eficiencia energética y nuevas fuentes de energía sostenible.

3. Materiales y productos avanzados.

4. Innovación en procesos de calidad y seguridad.

5. Innovaciones del proceso productivo derivados de la citada prioridad temática 3.

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de la resolución de la concesión.

El presupuesto financiable mínimo de las inversiones es de 100.000 euros.

CARACTERÍSTICAS E IMPORTE DE LA AYUDA

Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables.

El importe del préstamo a conceder será como máximo del 80% de la inversión financiable, con un plazo de amortización total de 10 años y 3 años de carencia.

El tipo de interés será del 0% y el método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización del principal serán anuales y de igual cuantía y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.

El importe de los préstamos concedidos tendrá los siguientes límites:

1. Para los proyectos de investigación industrial: 10 millones de euros por empresa y proyecto.

2. Para los proyectos de desarrollo experimental: 7’5 millones de euros por empresa y proyecto.

3. Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos: 5 millones de euros por empresa y proyecto.

4. Por empresa: 10 millones de euros por el total de proyecto en los que resulte beneficiaria en la misma convocatoria, respetando los límites anteriores.

PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

El plazo de solicitud de la financiación finalizará el próximo 29 de julio de 2020.

 

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y se presentarán en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Puede acceder al texto completo de la norma a través del siguiente enlace.

Programa de Fomento de la Transferencia del Conocimiento (II Edición). 2020 UAM

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Este programa es una iniciativa del Vicerrectorado de Innovación, Transferencia y Tecnología que busca fomentar la transferencia de conocimiento a la sociedad, atendiendo a las necesidades de ésta, e implicando al tejido productivo en esta tarea. Asimismo, el programa busca generar recursos de cara al Personal Docente e Investigador (PDI) de la UAM con el objeto de mejorar los indicadores de innovación, que permitan a su vez afrontar con mayores garantías de éxito la consecución de sexenios de innovación.
Ámbitos de actuación:

  1   Acciones de transferencia del conocimiento dirigidas a la consolidación, fortalecimiento y desarrollo de investigación básica y aplicada con impacto sobre el tejido productivo.

  2   Acciones de transferencia del conocimiento de carácter marcadamente social que contribuyan a alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible recogidos en la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
El Programa tendrá una duración máxima de 24 meses y constará de una primera etapa de acompañamiento opcional hasta el 31 de diciembre de 2020, cuyos objetivos será la atracción de entidades receptoras y la firma de contratos de colaboración.

La gestión del programa correrá a cargo de la FUAM, que actuará como representante de la Universidad en los contratos firmados al amparo del Artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en virtud del encargo de gestión suscrito entre la UAM y la FUAM.

 

MÁS INFORMACIÓN

Convocatoria de ayudas a plataformas tecnológicas y de innovación

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El BOE de 25 de mayo ha publicado el Extracto de la Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada para el año 2020 para la concesión de ayudas a las Plataformas Tecnológicas y de Innovación, dentro del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

El presupuesto de esta convocatoria son 4.000.000 de euros.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, entre otros:

a) Las empresas y las Asociaciones Empresariales sectoriales.

b) Los Centros de I+D+i privados.

Será objeto de esta ayuda la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas y de Innovación que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión, que fomenten la colaboración en materia de I+D+i entre el sector público y el sector empresarial, y que favorezcan la detección de nuevas demandas en el ámbito de los Retos de la Sociedad.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 2 de junio y finalizará el 16 de junio de 2020, a las 14:00 h. (hora peninsular).

Puede acceder al texto completo de la convocatoria a través del siguiente link (ID BDNS: 504770).

Coronavirus COVID-19 | Plan estratégico de ayudas a la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid (Estrategia RIS3)

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El BOCM de 20 de abril ha publicado la Orden 30/2020, de 6 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3), dentro del Programa Operativo FEDER de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

Este Plan Estratégico está integrado por las siguientes líneas de ayudas:

1. Ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas (start-up) de base tecnológica y pymes de alta intensidad innovadora.

2. Ayudas para incentivar el uso de servicios de innovación por las pequeñas y medianas empresas (programa cheque innovación).

3. Ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+i mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por núcleos de innovación abierta (Hubs de innovación) en la Comunidad de Madrid.

4. Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo a través de Entidades de Enlace de la innovación tecnológica.

Puede acceder a la citada Orden a través del siguiente link en la que se indican las características generales de las ayudas.

 

LES INFORMAREMOS A TRAVÉS DE ESTE CANAL DE COMUNICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LAS MISMAS