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Coronavirus COVID-19 | Prórroga del toque de queda y actualización de zonas de la Comunidad de Madrid con restricciones por COVID-19

Actualidad, Noticias

El BOCM del pasado 10 de abril publicó la siguiente normativa de medidas de prevención del Covid-19:

 

  • El Decreto 27/2021, de 9 de abril, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que prorroga hasta las 00:00 horas del 26 de abril de 2021, la limitación de la libertad de circulación de personas entre las 23:00 horas y las 06:00 horas.

Asimismo, la participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas en domicilios y espacios de uso privado sigue quedando limitada a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia, con las excepciones que se indican en el Decreto.

 

  • La Orden 431/2021, de 9 de abril, de la Consejería de Sanidad, que adopta las siguientes medidas:

Se prorroga hasta las 00:00 h. del 26 de abril de 2021, lo previsto en el apartado segundo de la Orden 154/2021, es decir, la hora de cierre de los establecimientos, recintos y locales abiertos al público en la Comunidad de Madrid, con carácter general es las 22:00 h. (excepto los establecimientos farmacéuticos, centros y establecimientos sanitarios, los centros y servicios de carácter social, centros veterinarios, servicios de comida a domicilio, establecimientos de combustible para la automoción y otros considerados esenciales, entendiéndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables. Dicha limitación horaria tampoco será de aplicación a actividades institucionales y laborales que se desarrollen en dependencias que no se encuentren abiertas al público).

 

La actividad programada de cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes y espacios similares, iniciada con anterioridad a las 22:00 horas, podrá concluir con posterioridad a la misma siempre que permita a los asistentes cumplir con la hora de comienzo de la limitación a la movilidad en horario nocturno.

 

 

Los establecimientos de hostelería y restauración deberán cerrar, como máximo, a las 23:00 horas, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas. Podrán realizar servicios de comida para llevar con recogida en el establecimiento hasta las 23:00 horas y servicios de entrega a domicilio hasta las 00:00 horas.

La ocupación máxima por mesa será de cuatro personas en el interior y de seis en las terrazas.

 

  • Se prorrogan hasta las 00:00 h. del día 19 de abril de 2021, las restricciones previstas en la Orden 1405/2020, en los siguientes ámbitos territoriales:
    • En el municipio de Madrid: Zonas básicas de salud Chopera, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por el paseo de Santa María de la Cabeza, el paseo de la Chopera, calle del Vado de Santa Catalina y el río Manzanares (Distrito de Arganzuela), Alameda de Osuna, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida del Partenón, la calle Vía Dublín, la calle Ariadna y la calle de la Ribera del Sena (Distrito de Barajas), Virgen de Begoña (Distrito de Fuencarral-El Pardo), Rejas, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la calle de Aracne, la calle Deyanira, la calle de Naváridas y la avenida de Aragón (Distrito de San Blas-Canillejas), Valdebernardo y Vicálvaro-Artilleros (Distrito de Vicálvaro).
    • En el municipio de Getafe: Zona básica de salud Las Margaritas.
    • En el municipio de Majadahonda: Zona básica de salud Valle de la Oliva, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al sur por la M-50 y M-503, al noroeste por la M-516 y al este por las calles Velázquez y del Doctor Mariano
    • En el municipio de San Fernando de Henares: Zona básica de salud San Fernando.
    • El municipio de La Cabrera.
    • El municipio de Colmenarejo.
    • El municipio de Moralzarzal.
    • El municipio de Paracuellos del Jarama.
    • En el municipio de Villaviciosa de Odón: Zona básica de salud Villaviciosa de Odón.

 

  • Se establecen hasta las 00:00 h. del día 26 de abril de 2021, las restricciones previstas en la Orden 1405/2020, en los siguientes ámbitos territoriales:
    • En el municipio de Madrid: Zonas básicas de salud Villa de Vallecas (Distrito de Villa de Vallecas), Quinta de los Molinos (Distrito de San Blas-Canillejas), Barajas (Distrito de Barajas) y Silvano (Distrito de Hortaleza).
    • En el municipio de Móstoles: Zonas Básica de Salud Barcelona y La Princesa.
    • Municipio de Manzanares el Real.
    • En el municipio de Villanueva del Pardillo: Zona básica de Salud Villanueva del Pardillo

Esta Orden es de aplicación desde las 00:00 h. del 12 de abril de 2021.

Coronavirus COVID-19 | La Comunidad de Madrid fija restricciones de movilidad por el coronavirus en siete nuevas zonas básicas y una localidad y las levanta en 24 zonas y 15 localidades

Actualidad, Noticias

• Continúan las restricciones en Alcobendas hasta el 22 de febrero a las 00:00 horas.
• Se perimetra todo el municipio de Torrejón de Ardoz, el de Moralzarzal y El Álamo
• Se levantan las limitaciones de movilidad en las zonas básicas de Barajas, Sanchinarro, Virgen del Cortijo, Silvano y Mirasierra, en Madrid capital
• También terminan las medidas en Coslada, Móstoles, San Fernando de Henares, Aranjuez y la zona de Doctor Laín Entralgo, en Alcorcón
• Salen de las restricciones Colmenar de Oreja, Quijorna, Serranillos del Valle, Fuente el Saz, San Agustín de Guadalix, El Molar, Pedrezuela, La Cabrera, Arroyomolinos, Talamanca del Jarama, Valdeolmos-Alalpardo, Campo Real, Navalcareno, Algete y El Boalo-Mataelpino
• En las áreas con limitaciones viven casi 1,4 millones de madrileños, el 20,7% de la población, y en ellas se concentra el 24% de los contagios. Los criterios para las limitaciones son un umbral superior a los 1.000 casos, observación de transmisión comunitaria y tendencia creciente.

 

La Comunidad de Madrid va a ampliar las restricciones de movilidad por el coronavirus a siete nuevas zonas básicas de salud (ZBS) y una localidad y las va a levantar en 24 zonas básicas y en 15 localidades, por lo que a partir del lunes habrá restricciones para entrar y salir en 55 zonas básicas y 14 núcleos urbanos de pequeñas localidades. En estas áreas viven casi 1,4 millones de madrileños, el 20,7% de la población en la región, y en ellas se concentra el 24% de los casos de contagios.

Debido a la situación epidemiológica se mantienen las restricciones con los siguientes criterios: umbral superior a los 1.000 casos, observación de transmisión comunitaria y una tendencia creciente significativa.

Así, a partir de las 00:00 horas del próximo lunes, 15 de febrero, y por un periodo de 14 días, es decir hasta las 00:00 horas del lunes 1 de marzo, se restringe la movilidad de entrada y salida, salvo por causa justificada, en las seis zonas básicas de Torrejón de Ardoz, perimetrándose todo el municipio; en la zona básica de Moralzarzal y en la localidad de El Álamo.

Por otro lado, la Dirección General de Salud Pública ha decidido levantar las restricciones por su mejoría en las zonas básicas de Barajas (distrito de Barajas), Sanchinarro, Virgen del Cortijo y Silvano (Hortaleza), Mirasierra (Fuencarral-El Pardo), todas en Madrid capital; así como los municipios de Coslada, Móstoles, San Fernando, Aranjuez y la zona básica de Doctor Laín Entralgo (Alcorcón).

Terminan también las limitaciones en las localidades de Colmenar de Oreja, Quijorna, Serranillos del Valle, Fuente el Saz, San Agustín de Guadalix, El Molar, Pedrezuela, La Cabrera, Arroyomolinos, Talamanca del Jarama, Valdeolmos- Alalpardo, Campo Real, Navalcarnero, Algete, y El Boalo-Maltaelpino.

 

SE MANTIENEN LAS LIMITACIONES OTROS SIETE DÍAS

Por otro lado, dada su situación epidemiológica, la Dirección General de Salud Pública mantiene las restricciones hasta las 00:00 horas del lunes 22 de febrero en las siguientes zonas de la capital: Pozo del Tío Raimundo (distrito de Puente de Vallecas), Andrés Mellado (Chamberí), Aravaca (Moncloa-Aravaca), General Moscardó (Tetuán), Jazmín (Ciudad Lineal); Montesa y General Oráa (Salamanca), y Alpes y Rejas (San Blas-Canillejas).

Asimismo, seguirá perimetrado todo el término municipal de Alcobendas, Colmenar Viejo, San Sebastián de los Reyes, Fuenlabrada, Collado-Villalba, Rivas- Vaciamadrid y Alcalá de Henares.

En Alcorcón, siguen las zonas básicas de La Ribota, Ramón y Cajal y Doctor Trueta; y en Getafe se mantienen las restricciones en Getafe Norte y Las Ciudades.

También se mantienen siete días más las limitaciones de entrada y salida en las siguientes localidades que no coinciden con una zona básica de salud: Camarma de Esteruelas, Villaconejos, Estremera, Cercedilla, Navacerrada, Los Molinos, Hoyo de Manzanares, Becerril de la Sierra, Ciempozuelos, Mejorada del Campo, San Martín de la Vega, Brunete, Griñón, Chinchón.

En estos núcleos de población solo se puede entrar y salir por motivos justificados, y los ciudadanos pueden desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros del área afectada. La Consejería de Sanidad reitera la petición a la Delegación de Gobierno para que despliegue presencia policial y colabore activamente en el seguimiento y control del cumplimiento de las limitaciones a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Coronavirus COVID-19 | Nuevas restricciones a la movilidad en todo el municipio de Alcobendas

Actualidad, Noticias

El BOCM de 9 de enero publicó la Orden 5/2021, de 8 de enero, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1405/2020, que adopta medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población.

La presente Orden establece que:

 

• Se establecen restricciones hasta las 00:00 horas, del día 25 de enero de 2021, en los siguientes ámbitos territoriales:

  • Municipio de Alcobendas, que comprende las zonas básicas de salud
    Alcobendas-Chopera, Miraflores, Valdelasfuentes y La Moraleja,
    siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al oeste por la avenida Valdelaparra, al este por la avenida de la Ermita, al norte por la avenida Olímpica y al sur por la Vía de Servicio de la A-1, así como la zona básica de salud Marqués de la Valdavia, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida de España, calle Ruperto Chapí y calle Blas de Otero.
  • Municipio de San Sebastián de los Reyes, que comprende las zonas  básicas de salud Reyes Católicos, Rosa de Luxemburgo y V Centenario, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la calle Galileo hasta su confluencia con la avenida Matapiñonera, la avenida Severo Ochoa, la avenida Juncal y la avenida Einstein.
  • En el municipio de Madrid: El distrito de Barajas que comprende las zonas básicas de salud Barajas y Alameda de Osuna, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la Avenida del Partenón, la calle Vía Dublín, la calle Ariadna y la calle de la Ribera del Sena; así como las zonas básicas de salud Jazmín (Distrito de Ciudad Lineal), Las Tablas y Mirasierra (Distrito de Fuencarral), Benita de Ávila y Silvano (Distrito de Hortaleza), Montesa, Baviera y General Oráa, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la calle Juan Bravo, la calle Serrano, la calle Marqués de Villamagna y el Paseo de la Castellana (Distrito de Salamanca), y Alpes y Rejas (Distrito de San Blas-Canillejas).
  • En el municipio de Fuenlabrada: Zonas básicas de salud Francia,
    Cuzco, Panaderas y Castilla la Nueva.
  • En el municipio de Móstoles: Zonas básicas de salud Presentación
    Sabio, Dos de Mayo y El Soto.
  • En el municipio de Rivas-Vaciamadrid: Zona básica de salud Rivas La Paz.
  • Municipio de Arroyomolinos, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la calle Puerto de Navacerrada, la calle Puerto de Canencia y la calle Puerto de Guadarrama.
  • Municipio de Becerril de la Sierra.
  • Municipio de Cadalso de los Vidrios.
  • Municipio de Campo Real.
  • Municipio de Collado Mediano.
  • Municipio de Talamanca del Jarama.
  • Municipio de Titulcia.
  • Municipio de Valdeolmos-Alalpardo.
  • Municipio de Velilla de San Antonio. En este municipio, además de las restricciones establecidas en la Orden 1405/2020, se suspende el funcionamiento de los establecimientos de hostelería y restauración, salvo para el servicio de entrega a domicilio, desde las 00:00 horas del día 11 de enero hasta las 00:00 horas del día 25 de enero de 2021.

Mantendrán restricciones hasta las 00:00 horas del día 18 de enero de 2021, los siguientes ámbitos territoriales:

  • En el municipio de Madrid: Zonas básicas de salud Andrés Mellado (Distrito de Chamberí), Sanchinarro, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al norte por la calle Margarita de Parma, al oeste por la calle María de Portugal, al este por la calle María Tudor y al sur por la calle Leonor de Austria, Virgen del Cortijo (Distrito de Hortaleza), Aravaca, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida de la Victoria, la avenida del Padre Huidrobo -Autovía del Noroeste A6- y la calle Ochandiano (Distrito de Moncloa-Aravaca), y General Moscardó, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida del General Perón, el Paseo de la Castellana, la calle de Raimundo Fernández Villaverde y la calle de La Vaguada y su prolongación hasta la avenida del General Perón y a la calle de Raimundo Fernández Villaverde (Distrito de Tetuán).
  • En el municipio de Aranjuez: Zonas básicas de salud Las Olivas y Aranjuez.
  • En el municipio de Getafe: Zona básica de salud Getafe Norte.
  • En el municipio de Móstoles: Zonas básicas de salud Felipe II y Alcalde Bartolomé González.
  • En el municipio de San Fernando de Henares: Zonas básicas de
    salud Los Alperchines, siendo posible el acceso hacia la zona
    perimetralmente delimitada, a ambos lados de la Autovía del Nordeste A-2, al norte por avenida Tierno Galván, al sur por la Autovía M-21, al este por la M-50 y al oeste por el río Jarama, y San Fernando.
  • Municipio de Algete.
  • Municipio de Ciempozuelos.
  • Municipio de Hoyo de Manzanares.
  • Municipio de Mejorada del Campo.
  • Municipio de Navalcarnero.
  • Municipio de Torrelodones.
  • Municipio de Villarejo de Salvanés.

 

La presente Orden tiene efectos desde las 00:00 h. del 11 de enero de
2021.