El BOCM del pasado 10 de abril publicó la siguiente normativa de medidas de prevención del Covid-19:
- El Decreto 27/2021, de 9 de abril, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que prorroga hasta las 00:00 horas del 26 de abril de 2021, la limitación de la libertad de circulación de personas entre las 23:00 horas y las 06:00 horas.
Asimismo, la participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas en domicilios y espacios de uso privado sigue quedando limitada a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia, con las excepciones que se indican en el Decreto.
- La Orden 431/2021, de 9 de abril, de la Consejería de Sanidad, que adopta las siguientes medidas:
– Se prorroga hasta las 00:00 h. del 26 de abril de 2021, lo previsto en el apartado segundo de la Orden 154/2021, es decir, la hora de cierre de los establecimientos, recintos y locales abiertos al público en la Comunidad de Madrid, con carácter general es las 22:00 h. (excepto los establecimientos farmacéuticos, centros y establecimientos sanitarios, los centros y servicios de carácter social, centros veterinarios, servicios de comida a domicilio, establecimientos de combustible para la automoción y otros considerados esenciales, entendiéndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables. Dicha limitación horaria tampoco será de aplicación a actividades institucionales y laborales que se desarrollen en dependencias que no se encuentren abiertas al público).
La actividad programada de cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes y espacios similares, iniciada con anterioridad a las 22:00 horas, podrá concluir con posterioridad a la misma siempre que permita a los asistentes cumplir con la hora de comienzo de la limitación a la movilidad en horario nocturno.
Los establecimientos de hostelería y restauración deberán cerrar, como máximo, a las 23:00 horas, no pudiendo admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas. Podrán realizar servicios de comida para llevar con recogida en el establecimiento hasta las 23:00 horas y servicios de entrega a domicilio hasta las 00:00 horas.
La ocupación máxima por mesa será de cuatro personas en el interior y de seis en las terrazas.
- Se prorrogan hasta las 00:00 h. del día 19 de abril de 2021, las restricciones previstas en la Orden 1405/2020, en los siguientes ámbitos territoriales:
- En el municipio de Madrid: Zonas básicas de salud Chopera, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por el paseo de Santa María de la Cabeza, el paseo de la Chopera, calle del Vado de Santa Catalina y el río Manzanares (Distrito de Arganzuela), Alameda de Osuna, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida del Partenón, la calle Vía Dublín, la calle Ariadna y la calle de la Ribera del Sena (Distrito de Barajas), Virgen de Begoña (Distrito de Fuencarral-El Pardo), Rejas, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por la calle de Aracne, la calle Deyanira, la calle de Naváridas y la avenida de Aragón (Distrito de San Blas-Canillejas), Valdebernardo y Vicálvaro-Artilleros (Distrito de Vicálvaro).
- En el municipio de Getafe: Zona básica de salud Las Margaritas.
- En el municipio de Majadahonda: Zona básica de salud Valle de la Oliva, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al sur por la M-50 y M-503, al noroeste por la M-516 y al este por las calles Velázquez y del Doctor Mariano
- En el municipio de San Fernando de Henares: Zona básica de salud San Fernando.
- El municipio de La Cabrera.
- El municipio de Colmenarejo.
- El municipio de Moralzarzal.
- El municipio de Paracuellos del Jarama.
- En el municipio de Villaviciosa de Odón: Zona básica de salud Villaviciosa de Odón.
- Se establecen hasta las 00:00 h. del día 26 de abril de 2021, las restricciones previstas en la Orden 1405/2020, en los siguientes ámbitos territoriales:
- En el municipio de Madrid: Zonas básicas de salud Villa de Vallecas (Distrito de Villa de Vallecas), Quinta de los Molinos (Distrito de San Blas-Canillejas), Barajas (Distrito de Barajas) y Silvano (Distrito de Hortaleza).
- En el municipio de Móstoles: Zonas Básica de Salud Barcelona y La Princesa.
- Municipio de Manzanares el Real.
- En el municipio de Villanueva del Pardillo: Zona básica de Salud Villanueva del Pardillo
Esta Orden es de aplicación desde las 00:00 h. del 12 de abril de 2021.