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Texto refundido de la Ley Concursal

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El BOE de 7 de mayo ha publicado el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.

Esta norma es fruto del mandato del Parlamento para refundir, armonizar, clarificar y ordenar la legislación concursal, realizado en mayo de 2015 y renovado el 21 de febrero de 2019.

El nuevo texto refundido, que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2020, consta de 752 artículos divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho preconcursal y derecho internacional privado.

Puede acceder a él a través del siguiente link

Coronavirus COVID-19 | Línea extraordinaria de cobertura aseguradora (empresa internacionalizada) y trámites aduaneros

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Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

CAPÍTULO III Garantía de liquidez para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias consecuencia de la situación

II

Artículo 31. Línea extraordinaria de cobertura aseguradora

1. Con carácter extraordinario y con una duración de 6 meses desde la entrada en vigor del presente real decreto ley, se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización, con las siguientes características:

a) Serán elegibles los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora, sin que sea necesario su relación directa con uno o varios contratos internacionales, siempre que respondan a nuevas necesidades de financiación y no a situaciones previas a la crisis actual.

b) Beneficiarios: las empresas españolas consideradas como Pequeñas y Medianas Empresas conforme a la definición del Anexo I del Reglamento UE 651/2014 de la Comisión, así como otras empresas de mayor tamaño, siempre que sean entidades no cotizadas, en las que concurran las siguientes circunstancias:

– Que se trate de empresas internacionalizadas o en proceso de internacionalización, al cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

●  empresas en las que el negocio internacional, reflejado en su última información financiera disponible, represente al menos un tercio (33%) de su cifra de negocios

●  empresas que sean exportadoras regulares (aquellas empresas que hayan exportado regularmente durante los últimos cuatro años conforme a los criterios establecidos por la Secretaría de Estado de Comercio).

– Que la empresa se enfrente a un problema de liquidez o de falta de acceso a la financiación resultado del impacto de la crisis del COVID-19 en su actividad económica.

c) Quedan expresamente excluidas aquellas empresas en situación concursal o pre-concursal, así como aquellas empresas con incidencias de impago con empresas del Sector Público o deudas con la Administración, registrados con anterioridad al 31 de diciembre de 2019.

d) El porcentaje de cobertura del riesgo de crédito en las operaciones suscritas bajo la presente Línea no superará el límite que pueda establecerse en cada momento de acuerdo con la normativa de la UE en materia de ayudas de Estado.

2. Se recurrirá a mecanismos ágiles de decisión de las operaciones individuales que se imputen en la línea, así como el análisis del riesgo de cada operación se realizará, particularmente para las pequeñas y medianas empresas, con criterios de información y solvencia extraordinarios, en el marco de las condiciones del mercado generadas por la crisis sanitaria, mientras dure la misma.

3. La línea se instrumentará en dos tramos de 1.000 millones de euros, entrando el segundo en vigor tras haberse verificado una ejecución satisfactoria del primer tramo.

4. Se autoriza a la Comisión de Riesgos por Cuenta del Estado a que incluya dentro de la Línea de cobertura todo tipo de operaciones comerciales, incluidas las nacionales, ya sean de suministro de bienes, prestación de servicios, u otras que realicen las empresas españolas, por entender que las mismas forman parte de la estrategia comercial de estas empresas que actúan preferentemente en el ámbito de la internacionalización.

5. Las coberturas serán otorgadas por la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A. Cía. de Seguros y Reaseguros (CESCE), S.M.E. en nombre propio y por cuenta del Estado, al amparo de lo previsto en la Ley 8/2014, de 22 de abril, el Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre y lo establecido en el presente real decreto-ley.

6. Con carácter excepcional se realizarán las dotaciones presupuestarias suficientes al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización, por el importe de las indemnizaciones abonadas con cargo a esta Línea, para garantizar la sostenibilidad financiera a medio y largo plazo del Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.

III

Artículo 32. Atribución de competencias para el despacho aduanero.

El titular del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrá acordar que el procedimiento de declaración, y el despacho aduanero que aquel incluye, sea realizado por cualquier órgano o funcionario del Área de Aduanas e Impuestos Especiales.

A estos efectos, no resultará de aplicación lo previsto en el artículo 84 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El Brexit y las muestras y su implicación aduanera, protagonistas en la jornada de MBE Airport Alcobendas en AICA

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El próximo 13 de febrero por la mañana, las instalaciones de la Asociación de Empresarios de Alcobendas – AICA acogerán la Jornada “Los Impactos del Brexit y ¿Qué son las muestras y cuál es su implicación Comercial?”

 

¿Qué pasa a partir de ahora con las importaciones y exportaciones tras la aplicación del Brexit? ¿Por qué cuando enviamos una muestra comercial nos da tantos problemas? ¿Cómo se declaran en la aduana?

Estos son algunos de los interrogantes que las empresas se plantean en materia de logística internacional. Por este motivo, consideramos que podría ser de vuestro interés poder asistir. La jornada se desarrollará con una metodología basada en la práctica, con simulaciones de dinámica de grupo para que todos los asistentes puedan aportar conocimientos.

La Jornada será impartida por Albert Garcia Triu, CEO de APPSESOR, formador y consultor especialista en comercio internacional, autor del libro “Los 100 documentos del Comercio Exterior” y “Guía documental para exportar e importar: 12 documentos claves”.

Inscripciones aquí http://promo.mbeairport.es/jornada-alcobendas/

Esta es la primera vez que MBE Airport Alcobendas organiza este tipo de jornadas, orientadas a las exportaciones, y que creemos que son de interés para todos los expertos que trabajan en estos ámbitos sectoriales.

 

PROGRAMA

09.30 – Bienvenida y desayuno

10:00 – Apertura del acto

10.10 – El Brexit / Las Muestras Comerciales y su implicación aduanera

12.30–  Networking

Convocatoria ICEX NEXT 2019-2020

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Objeto y Finalidad:

Consolidar el inicio y/o crecimiento internacional de empresas españolas que cuenten con un proyecto competitivo, facilitando la revisión de su estrategia internacional, mediante un asesoramiento especializado y la subvención de determinados gastos, derivados de la estrategia internacional.

 

Conceptos Subvencionables:

  • Asesoramiento Personalizado ICEX Next
    • 50 horas de asesoramiento personalizado en materia internacional: plan estratégico de negocio tanto off-line como on-line, plan operativo digital, plan de contingencias/seguimiento en Reino Unido con motivo del Brexit y mejoras de competitividad.
  • Gastos derivados de la estrategia internacional:
    • Gastos de prospección: estudios, informes, bases de datos y servicios, realizados por terceros, para el conocimiento del mercado objetivo.
    • Gastos promoción internacional: material promocional, difusión, publicidad, relaciones públicas y marketing digital, participación en ferias, seminarios, jornadas y conferencias… con el fin del conocimiento del producto o servicios en el exterior. También se incluyen gastos de registro y defensa de patentes, propiedad intelectual y marcas internacionales, así como viajes de prospección de mercados y promoción.
    • Gastos de desarrollo de la red comercial exterior en destino: acceso del producto o servicios al mercado, el registro, homologación y certificación del producto, auditoría y vigilancia de la marca, certificados de exportación y calidad internacional, gastos de asesoramiento legal, financiero y administrativo y, gastos de estudios de viabilidad y contratación de servicios cuyo objetivo sea la asistencia técnica, prospección de mercado y apoyo en actividades promocionales. …
    • Gastos de contratación de personal del departamento internacional.
  • Gastos no incluidos: contratos de distribución, agente o representación, ni comisiones o remuneraciones de venta.

 

Requisitos:

  • Ser PYME
  • Disponer de productos y/o servicios comercializables a nivel internacional.
  • No se filial comercial o productiva de empresa extranjera.
  • Contar con una factura superior a 100.000 € (salvo el caso de star-ups de reciente creación).
  • No se tendrá en cuenta el porcentaje de la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total.
  • Contar con medios personales y materiales mínimas para abordar el posible crecimiento internacional.
  • No tener impagos con ICEX.
  • No haber participado en programas de ICEX (PIPE o ICEX Next).

 

Cuantía Máxima Convocatoria: 6 M €, sujeta a un incremento adicional de 1 M€:

  • Procedimiento 1 1,5 M €.
  • Procedimiento 2 1,5 M €.
  • Procedimiento 3 1 M €.
  • Procedimiento 4 0,5 M €.
  • Procedimiento 5 0,5 M €.
  • Procedimiento 6 0,5 M €.
  • Procedimiento 7 0,5 M €.

 

Cuantía Máxima Subvención:

La empresa podrá presentar un máximo de 30.000 € de gasto al que se le aplicará el 50%  para determinar la subvención de ICEX (el otro 50% lo asumirá la empresa):

  • Asesoramiento personalizado: 4.500 €. (2.250 € subvencionado por el ICEX).
  • Gastos promoción, prospección y desarrollo red comercial: 25.500 €. (12.750 € subvencionado por el ICEX).

 

Fecha tope de presentación:

  • Procedimiento 1 14 noviembre al 15 diciembre 2019.
  • Procedimiento 2 1 al 30 enero 2020.
  • Procedimiento 3 1 al 31 marzo 2020.
  • Procedimiento 4 1 al 31 mayo 2020.
  • Procedimiento 5 1 al 31 julio 2020.
  • Procedimiento 6 1 al 30 septiembre 2020.
  • Procedimiento 7 1 al 30 noviembre 2020.

 

 

Para ampliar información o recibir un diagnóstico gratuito de las ayudas que puede recibir tu empresa, por favor contacta con:

 

Teléfono: 916 541 411 / 650 941 664

                       

Email: financiacion@empresariosdealcobendas.com