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Coronavirus COVID-19 | Valoración CEOE-CEPYME y Resumen de las medidas financieras del RD aprobado en Consejo de Ministros del 17 de marzo y en Consejo de Ministros del 24 de marzo

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1.Medidas financieras

1.1. Avales

Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos de COVID-19, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.

El 17 de marzo se anunció que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder avales por un importe máximo de 100.000 millones de euros, pero el detalle se concretó el 24 de marzo.

En el Consejo de Ministros del 24 de marzo se aprobaron algunos detalles que estaban pendientes acerca de las medidas económicas urgentes anunciadas el pasado 17 de marzo. De este modo, se activó un primer tramo, por valor de 20.000 millones de euros, de la línea de avales anunciada (que asciende a un total de 100.000 millones de euros), de los que la mitad están reservados para préstamos a pymes y autónomos.

Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que no concurra una situación de mora a 31 de diciembre de 2019 o de procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. Las medidas tendrán carácter retroactivo, de forma que aplican para las operaciones formalizadas desde la entrada en vigor del real decreto, esto es, desde el 18 de marzo.

Estas garantías irán destinadas tanto a nuevos préstamos, como a renovaciones de préstamos, para atender necesidades derivadas de pagos de salarios, facturas, necesidades de circulante, u otras necesidades de liquidez como las derivadas de los vencimientos de obligaciones financieras y tributarias.

Las garantías cubrirán el 80% del préstamo concedido en el caso de las pymes, mientras que para el resto de las empresas, el aval será del 70% para préstamos nuevos y del 60% para las renovaciones, con un plazo igual al de la duración del préstamo hasta un máximo de 5 años.

Las entidades financieras asumirán el coste de estos avales, que se situará entre los 20 y los 120 puntos básicos, y se comprometen a mantener los costes del préstamo en niveles similares a los de la situación previa al COVID-19, así como los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes al menos hasta finales de septiembre.

 

1.2. Líneas ICO

Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado, con el fin de facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos. Esto se llevará a cabo a través de las Líneas de ICO de financiación mediante la intermediación de las entidades financieras tanto a corto como a medio y largo plazo y de acuerdo con su política de financiación directa para empresas de mayor tamaño.

 

1.3. Ayudas a empresas exportadoras

Se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización, con las siguientes características:

a) Serán elegibles los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora, sin que sea necesario su relación directa con uno o varios contratos internacionales, siempre que respondan a nuevas necesidades de financiación y no a situaciones previas a la crisis actual.

b) Beneficiarios: las empresas españolas consideradas como Pequeñas y Medianas Empresas conforme a la definición del Anexo I del Reglamento UE 651/2014 de la Comisión (50 millones de euros de facturación), así como otras empresas de mayor tamaño, siempre que sean entidades no cotizadas, en las que concurran las siguientes circunstancias:

– Que se trate de empresas internacionalizadas o en proceso de internacionalización, al cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

▪ empresas en las que el negocio internacional, reflejado en su última información financiera disponible, represente al menos un tercio (33%) de su cifra de negocios, o

▪ empresas que sean exportadoras regulares (aquellas empresas que hayan exportado regularmente durante los últimos cuatro años conforme a los criterios establecidos por la Secretaria de Estado de Comercio).

– Que la empresa se enfrente a un problema de liquidez o de falta de acceso a la financiación resultado del impacto de la crisis del COVID 19 en su actividad económica.

La línea se instrumentará en dos tramos de 1.000 millones de euros, entrando el segundo en vigor tras haberse verificado una ejecución satisfactoria del primer tramo.

 

1.4. Ayudas a empresas agrarias

Se facilitará que, de manera voluntaria, los prestatarios de créditos financieros concedidos a titulares de explotaciones agrarias afectados por la sequía del año 2017 al amparo de las órdenes AAA/778/2016, de 19 de mayo, Orden APM/728/2017, de 31 de julio y APM/358/2018, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, acuerden con las entidades financieras prolongar hasta en un año, que podrá ser de carencia, el periodo de amortización de los préstamos suscritos.

 

Valoración

En estos momentos extraordinarios, en los que el mecanismo de transmisión de la política monetaria puede no funcionar con normalidad, es fundamental asegurar que una parte de este mayor volumen de crédito pueda llegar a las empresas que más lo van a necesitar, y cuya actividad se vea notablemente afectada por los efectos derivados del coronavirus. Las medidas aprobadas serán útiles para que el flujo crediticio pueda seguir llegando hasta las empresas y esperamos que ayuden a preservar al mismo tiempo el empleo.

Le damos la bienvenida al desbloqueo y detalle del primer tramo de avales y entendemos que es un buen punto de partida. Era especialmente crucial arrancar cuanto antes, y en este sentido, a pesar del retraso inicial a la hora de anunciar los detalles, valoramos positivamente la retroactividad de la que se ha dotado a la medida para que tenga efectos desde cuando fue realmente anunciada, el pasado 18 de marzo.

La implementación de este primer tramo servirá para “echar a andar” el mecanismo y comprobar la eficacia de su funcionamiento. No obstante, lo más probable es que se quede corto y haya que avanzar hasta completar los 100.000 millones o incluso ampliarlo si fuera necesario. En este sentido, las cuantías aseguradas y los importes concedidos deben ser lo suficientemente amplios para que ninguna empresa que los necesite y que cumple los criterios, se pueda quedar sin ellos.

Esta crisis nos afecta a todos, empresas de todas las dimensiones, y por supuesto autónomos. Sin embargo, las pequeñas y medianas empresas y los autónomos son especialmente vulnerables, de ahí que consideremos positivo que se haya optado por reservar la mitad de este primer tramo de 20.000 millones a avalar financiación concedida a estas compañías, así como el hecho de que la garantía cubra, en estos casos, el 80% del valor del crédito, en línea con lo que están ofreciendo los países de nuestro entorno comparado.

Por último, es destacable también el esfuerzo del sistema bancario. Los avales no son un regalo, tienen un coste que soportarán las entidades financieras, que además se comprometen a mantener el coste de los préstamos que venía aplicando en una situación normalizada, como lo era la previa a la propagación del COVID-19.

Coronavirus COVID-19 | Comunicado CEOE-CEPYME sobre primer tramo línea de avales para empresas y autónomos

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Una vez conocidas las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros de este 24 de marzo para la concesión de un primer tramo de avales por importe de 20.000 millones de euros a empresas y autónomos, CEOE y CEPYME valoramos este nuevo paso dado por el Gobierno para facilitar la financiación bancaria de muchos negocios.

Se trata de unas medidas que veníamos demandando con carácter urgente los empresarios españoles, pues consideramos que son clave para la recuperación de la economía, ya que permitirán mantener aquellos negocios que están sufriendo un descenso drástico de su actividad con motivo del COVID-19 y que requieren de estos recursos para evitar en muchos casos el cierre.

A la espera de conocer en todo caso el detalle de estas condiciones, también valoramos positivamente que el Gobierno haya atendido a la necesidad de retroactividad de estos avales con fecha del 18 de marzo, y en especial el refuerzo que se contempla de las garantías que deben ofrecer la pequeña empresa y los autónomos para el acceso a la financiación, para los que este respaldo público alcanzará el 80% del importe solicitado.

Coronavirus COVID-19 | Portal “Acelera Pyme”: soluciones tecnológicas para la digitalización de pymes y autónomos

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La entidad pública RED.ES, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, ya ha puesto en marcha el Portal “Acelera Pyme”, al que puede acceder a través del siguiente link. En él se incluye toda la información relativa a las medidas del Programa Acelera PYME para facilitar la digitalización de las pymes y autónomos:

1. Medidas de apoyo para acelerar el proceso de digitalización desde el asesoramiento y la formación.

2. Medidas de apoyo a la creación de soluciones tecnológicas.

3. Medidas de apoyo financiero.

 

El Portal que se ha puesto en marcha tiene una doble vocación:

1º. Por un lado, ser un agregador de información. A este respecto, cabe mencionar que el Portal incluye la información actualizada sobre las nuevas medidas y dotaciones movilizadas expresamente en la lucha contra el COVID-19. En relación a las líneas de financiación, destacan:

– Línea ICO Empresas y Emprendedores

– Línea ICO Sector Turístico y actividades conexas Covid 19/Thomas Cook.

2º. Por otro lado, abrirse a la colaboración del sector privado, enlazando los recursos que las entidades colaboradoras pongan a disposición de las Pymes para fomentar su digitalización y soluciones de teletrabajo. En este sentido, le informamos que ya se ha publicado la invitación pública, para seleccionar entidades que aporten recursos para promover la digitalización de las PYME. Puede acceder a la citada invitación a través del siguiente link: invitación, en el que puede conocer las características, requisitos y procedimiento para participar como entidad colaboradora.

Coronavirus COVID-19 | Línea de avales y ampliación límite de endeudamiento neto del ICO

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Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

CAPÍTULO III Garantía de liquidez para sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias consecuencia de la situación

I

Sección 1.ª Línea de avales para las empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19 y ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO

Artículo 29. Aprobación de una Línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.

1. Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.

2. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder avales por un importe máximo de 100.000 millones de euros. Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir, incluyendo el plazo máximo para la solicitud del aval, se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros, sin que se requiera desarrollo normativo posterior para su aplicación.

3. Los avales regulados en esta norma y las condiciones desarrolladas en el Acuerdo de Consejo de Ministros cumplirán con la normativa de la Unión Europea en materia de Ayudas de Estado.

 

Sección 2.ª Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO con el fin de aumentar los importes de las Líneas ICO de financiación a empresas y autónomos

Artículo 30. Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO con el fin de aumentar las Líneas ICO de financiación a empresas y autónomos.

1. Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado, con el fin de facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos. Esto se llevará a cabo a través de las Líneas de ICO de financiación mediante la intermediación de las entidades financieras tanto a corto como a medio y largo plazo y de acuerdo con su política de financiación directa para empresas de mayor tamaño.

2. El ICO adoptará las medidas que sean precisas, a través de sus órganos de decisión, para flexibilizar y ampliar la financiación disponible y mejorar el acceso al crédito de las empresas, preservando el necesario equilibrio financiero previsto en sus Estatutos.