comunidad

Ayudas de la Comunidad de Madrid para servicios de I+D+i (Cheque Innovación. Estrategia RIS3)

Actualidad, Noticias

El BOCM del 29 de julio ha publicado la Orden 2026/2021, de 6 de julio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar en el año 2021 las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, Programa “Cheque Innovación”, en el marco de la estrategia regional para una especialización inteligente (RIS3), dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

La dotación presupuestaria para 2021 es de 900.000 euros.

Las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas por el Acuerdo de 9 de octubre de 2018.

La presentación de solicitudes deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática en el Registro Electrónico de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, de la Comunidad de Madrid. El plazo se mantendrá abierto hasta el agotamiento del crédito presupuestario disponible.

 

  • OBJETO

Regular las ayudas dirigidas a fomentar la implantación de la innovación y la transferencia del conocimiento científico y tecnológico en las pymes madrileñas, como instrumento para mejorar su competitividad.

  • BENEFICIARIOS

Podrán acogerse a estas ayudas las pequeñas y medianas empresas que ejerzan de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado en el ámbito de la Comunidad de Madrid y que dispongan de al menos un centro de trabajo en la región, desde el que tengan previsto desarrollar las actividades subvencionadas.

Deberá tenerse en cuenta el artículo 5 de las normas reguladoras de las ayudas, que establece las exclusiones a la condición de beneficiario.

  • ACCIONES SUBVENCIONABLES

Se considerarán subvencionables las actuaciones derivadas de la contratación de:

– servicios especializados de apoyo a la I+D y a la innovación, con universidades, centros públicos de investigación, organismos de investigación y difusión del conocimiento, consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otros programas de ayudas de la Comunidad de Madrid, institutos IMDEA, centros de innovación públicos y privados, centros tecnológicos, parques científicos, que desarrollen su actividad y tengan su sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

– servicios de asesoramiento, consultoría y apoyo a la innovación con empresas proveedoras de servicios especializados de asistencia técnica en materia de I+D empresarial y apoyo a la innovación (ingenierías de procesos y productos, consultoras especializadas en gestión y apoyo a la innovación tecnológica, sistemas de gestión y organización de la innovación, etc.) que tengan su domicilio fiscal y un centro de trabajo desde el que presten los servicios en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

En ningún caso serán subvencionables las actuaciones o actividades habituales de la empresa, ni la modificación o adaptación de procesos productivos, productos o servicios existentes, que no supongan una innovación. En el apartado 2 del artículo 9 de las normas reguladoras de las ayudas se indican las actividades que están excluidas.

  • CUANTÍA DE LAS AYUDAS

La cuantía de la ayuda será del 80% sobre los gastos que resulten subvencionables, pudiendo alcanzar el importe máximo de 60.000 euros.

Coronavirus COVID-19 | La Comunidad de Madrid premia las buenas prácticas en la prevención y control del COVID-19 en el ámbito laboral

Actualidad, Noticias
  • IV Convocatoria de Reconocimientos y Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad
  • Se valorará la implantación de medidas complementarias de prevención o contar con protocolos personalizados para la detección de casos, entre otros aspectos

 

La Comunidad de Madrid apoya las buenas prácticas desarrolladas por organizaciones y empresas para la prevención y el control del COVID-19, y así lo tendrá en cuenta en la IV Convocatoria de Reconocimientos y Menciones en Prevención de Riesgos Laborales.
 

De esta manera, se evaluará la implantación de medidas complementarias a las ya obligatorias por ley, como puede ser la gestión de contactos extralaborales de los trabajadores; contar con un protocolo adaptado y personalizado para la detección, notificación, estudio y manejo de casos y contactos; y disponer de un sistema de gestión contra el COVID-19 avalado por una entidad externa.
 

Podrán ser beneficiarios de los reconocimientos personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, siempre que tengan al menos un trabajador por cuenta ajena, con actividad económica en la región y en centros de trabajo situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
 

En esta convocatoria, al igual que en las anteriores, se establecen dos categorías para el reconocimiento a las buenas prácticas preventivas, una para aquellas empresas o entidades con una plantilla entre 1 y 50 trabajadores, y otra para las que cuenten con más de 50 empleados.
 

Por cada una de las categorías descritas se otorgará, entre todos los solicitantes que concurran y cumplan las condiciones requeridas, un primer premio y dos menciones especiales del jurado a quienes resulten finalistas.
 

Toda la información sobre la convocatoria, así como la solicitud de participación a los reconocimientos y menciones de este año pueden ser realizados a través del portal web oficial comunidad.madrid.

Convocatoria de ayudas a la movilidad eléctrica. Programa MOVES III 2021-2022-2023

Actualidad, Noticias

El BOCM del 22 de julio ha publicado el Extracto de 15 de julio de 2021, de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 15 de julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III. Años 2021-2022-2023.

Le recordamos que las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas por el Real Decreto 266/2021.

Las actuaciones subvencionables son las siguientes:

1. Adquisición de vehículos eléctricos (Programa 1). Se requiere que el abono/exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se efectúe en un municipio de la Comunidad de Madrid. Los modelos de vehículos susceptibles de ser incentivados deberán figurar en la base de vehículos publicada en la web del IDAE. 2. Despliegue de la infraestructura de recarga (Programa 2). Se requiere que la infraestructura esté ubicada en la Comunidad de Madrid.

Los destinatarios últimos de las ayudas son los siguientes:

1. Las personas físicas que desarrollen actividades económicas.

2. Las personas físicas mayores de edad.

3. Las comunidades de propietarios.

4. Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las entidades de conservación de polígonos o sociedades agrarias de transformación cuyo NIF comience por V.

5. Las entidades locales.

La dotación presupuestaria total es de 52.974.173 euros, de los que:

– 37.081.000 € (el 70%) irán destinados al Programa 1.

– 15.893.173 € (el 30%) irán destinados al Programa 2.

Las solicitudes de ayuda del Programa 1 se canalizarán exclusivamente a través de los concesionarios/puntos de venta/empresas de renting adheridas al Programa MOVES III y las del Programa 2 a través de las empresas instaladoras adheridas al citado Programa, con la excepción indicada en el apartado séptimo de la convocatoria. Las solicitudes serán atendidas por orden de registro hasta el agotamiento de fondos.

Puede ampliar esta información a través de la página web de FENERCOM (www.fenercom.com) y el texto completo de la convocatoria a través del siguiente link (Identif.: 575060).

Coronavirus COVID-19 | Últimos días para solicitar la Línea COVID de ayudas directas para empresas y autónomos de la Comunidad de Madrid

Actualidad, Noticias

OBJETIVO Y BENEFICIARIOS

Apoyo a la solvencia de empresas, autónomos y entidades madrileños afectados en su actividad por la Covid-19 que, entre otros requisitos, hayan sufrido una reducción de más del 30% de su facturación en el año 2020 con respecto al 2019.

Las empresas, autónomos y entidades deberán realizar su actividad en los sectores de actividad (CNAE) que se adjuntan al final de este documento.

Estas ayudas directas tendrán carácter finalista, empleándose para satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles.

 

RÉGIMEN JURÍDICO, DOTACIÓN Y FINANCIACIÓN

Todas las solicitudes se presentarán con cargo a la Convocatoria de ayudas directas aprobada por el Gobierno de España mediante el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, modificado por el Real Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril.

La convocatoria y concesión de estas ayudas está regulada por las disposiciones fijadas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 28 de abril, según aparece en su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 30 de abril, y por su posterior modificación según Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 30 de junio de 2021 que aparece publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de 1 de julio.

La dotación de la convocatoria asciende a 899.287.790 euros en ayudas a las pymes y autónomos de la región que han sufrido con mayor virulencia los efectos de la pandemia. En esta cifra se incluyen 679.287.790 euros con cargo a fondos estatales de la Línea Covid y 220.000.000 euros con cargo a los fondos propios del Gobierno de la Comunidad de Madrid, para compensar a los sectores excluidos por el Ejecutivo central.

Las ayudas de la Comunidad de Madrid beneficiarán a 81 sectores que habían quedado fuera de las ayudas estatales. Un total de 176 sectores se podrán beneficiar de estas ayudas directas.

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables los gastos que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

En primer lugar, se satisfarán los pagos a proveedores, por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, primando la reducción del nominal de la deuda con aval público. El orden de antigüedad vendrá determinado por la fecha de emisión de las facturas.

 

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

El importe de las ayudas oscilará entre los 3.000 y los 200.000 euros por beneficiario según los siguientes casos:

  1. Cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la ayuda máxima será de 000 euros.
  2. Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30 % en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá será del:
    • El 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados.
    • El 20 % del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados b.1) y b.2) anteriores, la ayuda máxima no podrá ser superior a 200.000 euros.

Respecto a las cuantías existe una serie de supuestos especiales, recogidos en la convocatoria publicada en el BOCM de 30 de abril, relativos a profesionales o empresas que se hayan dado de alta o se hayan creado entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020, empresas que hayan sufrido modificaciones estructurales de la sociedad mercantil entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020 o empresarios o profesionales que hayan estado dados de alta por un período inferior a un año en los ejercicios 2019 o 2020.

 

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes se podrán presentar desde el 1 de julio al 31 de julio de 2021, y deberán tramitarse exclusivamente por medios electrónicos a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).

 

PLAZO DE RESOLUCIÓN

El plazo de resolución de las solicitudes es de SEIS MESES desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. Vencido el plazo sin resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.

 

OTRAS CONSIDERACIONES

  1. Las ayudas se tramitarán por el procedimiento de concesión directa: por orden de entrada de solicitudes hasta el agotamiento de los
  2. Se recomienda a todos los interesados que otorguen su consentimiento al intercambio de información con la Agencia Tributaria para agilizar al máximo la tramitación de las ayudas. En caso contrario, deberán aportar por su cuenta todos los certificados exigibles en la normativa.
  3. El abono de la subvención se realizará en un pago único, con carácter anticipado, exonerando al beneficiario de la obligación de prestar aval o garantía.
  4. El beneficiario deberá aplicar el importe de las ayudas exclusivamente a abonar los gastos subvencionables en el plazo máximo de dos meses desde la recepción del importe de la ayuda.
  5. El beneficiario deberá justificar la aplicación de los fondos de estas ayudas en formato electrónico a través de la web de la Comunidad de Madrid y la comunicación de la apertura del plazo para hacerlo se hará a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas. El importe no justificado deberá ser reintegrado a la Comunidad de
  6. Existe compatibilidad con otras ayudas, siempre y cuando el total de las ayudas no supere el 100% del importe de los gastos subvencionables para el mismo
  7. La empresa o beneficiario no podrá recibir ayudas que, acumuladamente, superen 1,8 millones de euros en subvenciones públicas desde el 2 de abril de

 

PUNTOS DE INFORMACIÓN

 

 

ANEXO. Listado CNAEs de los sectores incluidos en el marco de las ayudas en la Comunidad de Madrid

 

Código Denominación
710 Extracción de minerales de hierro
1052 Elaboración de helados
1083 Elaboración de café, té e infusiones
1101 Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas
1102 Elaboración de vinos
1103 Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas
1104 Elaboración de otras bebidas no destiladas, procedentes de la fermentación
1105 Fabricación de cerveza
1106 Fabricación de malta
1107 Fabricación de bebidas no alcohólicas; producción de aguas minerales y otras aguas embotelladas
1320 Fabricación de tejidos textiles
1413 Confección de otras prendas de vestir exteriores
1419 Confección de otras prendas de vestir y accesorios
1420 Fabricación de artículos de peletería
1439 Confección de otras prendas de vestir de punto
1629 Fabricación de otros productos de madera
1811 Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas
1812 Otras actividades de impresión y artes gráficas
1813 Servicios de preimpresión y preparación de soportes
1814 Encuadernación y servicios relacionados con la misma
1820 Reproducción de soportes grabados
2051 Fabricación de explosivos
2229 Fabricación de otros productos de plástico
2311 Fabricación de vidrio plano
2349 Fabricación de otros productos cerámicos
2441 Producción de metales preciosos
2512 Fabricación de carpintería metálica
2571 Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería
2599 Fabricación de otros productos metálicos
2670 Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico
2731 Fabricación de cables de fibra óptica
2751 Fabricación de electrodomésticos

 

2752 Fabricación de aparatos domésticos no eléctricos
2821 Fabricación de hornos y quemadores
2825 Fabricación de maquinaria de ventilación y refrigeración no doméstica
2829 Fabricación de otra maquinaria de uso general
2893 Fabricación de maquinaria para la industria de la alimentación
2899 Fabricación de otra maquinaria para usos específicos
3030 Construcción aeronáutica y espacial y su maquinaria
3101 Fabricación de muebles de oficina y de establecimientos comerciales
3103 Fabricación de colchones
3109 Fabricación de otros muebles
3212 Fabricación de artículos de joyería y artículos similares
3213 Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares
3299 Otras industrias manufactureras
3316 Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial
3530 Suministro de vapor y aire acondicionado
4121 Construcción de edificios residenciales
4321 Instalaciones eléctricas
4332 Instalación de carpintería
4334 Pintura y acristalamiento
4511 Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros
4519 Venta de otros vehículos de motor
4520 Mantenimiento y reparación de vehículos de motor
4532 Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor
4540 Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios
4612 Intermediarios del comercio de combustibles, minerales, metales y productos químicos industriales
4613 Intermediarios del comercio de la madera y materiales de construcción
4614 Intermediarios del comercio de maquinaria, equipo industrial, embarcaciones y aeronaves
4615 Intermediarios del comercio de muebles, artículos para el hogar y ferretería
4616 Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero
4617 Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco
4618 Intermediarios del comercio especializados en la venta de otros productos específicos
4619 Intermediarios del comercio de productos diversos
4624 Comercio al por mayor de cueros y pieles
4634 Comercio al por mayor de bebidas
4636 Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería
4637 Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias
4638 Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios

 

4639 Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco
4641 Comercio al por mayor de textiles
4644 Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza
4645 Comercio al por mayor de productos de perfumería y cosmética
4648 Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería
4649 Comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico
4669 Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo
4690 Comercio al por mayor especializado
4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados
4724 Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
4725 Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados
4730 Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados
4741 Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados
4751 Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados
4752 Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados
4753 Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos en establecimientos especializados
4754 Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados
4759 Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación y otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados
4761 Comercio al por menor de libros en establecimientos especializados
4762 Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados
4763 Comercio al por menor de grabaciones de música y vídeo en establecimientos especializados
4764 Comercio al por menor de artículos deportivos en establecimientos especializados
4765 Comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados
4771 Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados
4772 Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados
4773 Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados
4774 Comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos en establecimientos especializados
4775 Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados
4776 Comercio al por menor de flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados
4777 Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados
4778 Otro comercio al por menor de artículos nuevos en establecimientos especializados
4779 Comercio al por menor de artículos de segunda mano en establecimientos

 

4782 Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos
4789 Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos
4799 Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos
4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros
4932 Transporte por taxi
4939 tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
4941 Transporte de mercancías por carretera
4942 Servicios de mudanza
5010 Transporte marítimo de pasajeros
5030 Transporte de pasajeros por vías navegables interiores
5110 Transporte aéreo de pasajeros
5221 Actividades anexas al transporte terrestre
5222 Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores
5223 Actividades anexas al transporte aéreo
5320 Otras actividades postales y de correos
5510 Hoteles y alojamientos similares
5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
5530 Campings y aparcamientos para caravanas
5590 Otros alojamientos
5610 Restaurantes y puestos de comidas
5621 Provisión de comidas preparadas para eventos
5629 Otros servicios de comidas
5630 Establecimientos de bebidas
5813 Edición de periódicos
5814 Edición de revistas
5914 Actividades de exhibición cinematográfica
6820 Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia
6831 Agentes de la propiedad inmobiliaria
6910 Actividades jurídicas
7311 Agencias de publicidad
7312 Servicios de representación de medios de comunicación
7420 Actividades de fotografía
7490 Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.
7711 Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros
7712 Alquiler de camiones
7721 Alquiler de artículos de ocio y deportivos
7722 Alquiler de cintas de vídeo y discos

 

7729 Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico
7733 Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores
7734 Alquiler de medios de navegación
7735 Alquiler de medios de transporte aéreo
7739 Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.
7911 Actividades de las agencias de viajes
7912 Actividades de los operadores turísticos
7990 Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
8219 Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina
8230 Organización de convenciones y ferias de muestras
8299 Otras actividades de apoyo a las empresas n.c.o.p.
8510 Educación preprimaria
8551 Educación deportiva y recreativa
8552 Educación cultural
8553 Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje
8559 Otra educación n.c.o.p.
8560 Actividades auxiliares a la educación
8690 Otras actividades sanitarias
8891 Actividades de cuidado diurno de niños
9001 Artes escénicas
9002 Actividades auxiliares a las artes escénicas
9003 Creación artística y literaria
9004 Gestión de salas de espectáculos
9102 Actividades de museos
9103 Gestión de lugares y edificios históricos
9104 Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales
9200 Actividades de juegos de azar y apuestas
9311 Gestión de instalaciones deportivas
9313 Actividades de los gimnasios
9319 Otras actividades deportivas
9321 Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos
9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento
9523 Reparación de calzado y artículos de cuero
9525 Reparación de relojes y joyería
9601 Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel
9602 Peluquería y otros tratamientos de belleza
9604 Actividades de mantenimiento físico
9609 Otras servicios personales n.c.o.p.

Coronavirus COVID-19 | La Comunidad de Madrid incluye el sector de los transportes en sus ayudas directas a las empresas afectadas por el COVID y excluidas por el Gobierno

Actualidad, Noticias

· Madrid ha sido la primera región en comenzar a transferir las subvenciones a más de 12.600 autónomos
· La convocatoria beneficia a 176 sectores económicos y el importe medio por ayuda es de 4.100 euros
La Comunidad de Madrid amplió el pasado mes de junio la convocatoria de ayudas directas a las empresas y autónomos afectados por el COVID-19 para incluir 56 nuevos sectores, entre los que se encuentran el transporte por carretera o los servicios de mudanza, excluidos por el Estado, como respaldo a un colectivo que representa el 5,8% del VAB –Valor Agregado Bruto– de la región.

Además de esta iniciativa, también se ha prorrogado hasta el 31 de julio el plazo para solicitar las ayudas a través de la página web de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid.
La región madrileña ha sido la primera en empezar a abonar estas subvenciones a empresas afectadas por la crisis sanitaria. De esta manera, un total de 12.609 autónomos madrileños ya han recibido los fondos por importe de 51,7 millones de euros, de los que el 68% proceden del sector el transporte. El importe medio es de 4.100 euros.

Con la inclusión de las nuevas áreas de actividad, el Ejecutivo madrileño llega a un total de 176 ámbitos en su convocatoria, frente a los 95 que contempla el Real Decreto del Gobierno central. El presupuesto total alcanza los 899,2 millones de euros, de los cuales 679 millones pertenecen a línea financiada por el Estado, y 220 a los fondos regionales con el fin de llegar a más empresas afectadas por la pandemia.

Modificación de la estructura de las consejerías de la Comunidad de Madrid y nombramientos

Actualidad, Noticias

El BOCM del 1 de julio ha publicado el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; y también los Decretos de nombramiento de Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos, que a continuación se indican:

 

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

• Decreto 90/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior a D. Manuel Galán Rivas.

• Decreto 93/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Presidencia a D. Miguel Ángel García Martín.

• Decreto 95/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Interior y Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 a D. Carlos Novillo Piris.

• Decreto 98/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Asuntos Jurídicos y Secretario General del Consejo de Gobierno a D. Fabio Pascua Mateo.

• Decreto 99/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación a D. Luis Miguel Torres Hernández.

• Decreto 101/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Relaciones con la Asamblea de Madrid a D. Nicolás Enríquez González.

• Decreto 102/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Directora del Área de Gestión Económica e Infraestructuras a Dña. Virginia Sanz Mejías.

• Decreto 103/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea a D. José Francisco Herrera Antonaya.

• Decreto 105/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Transparencia y de Atención al Ciudadano a D. Pablo García-Valdecasas Rodríguez de Rivera.

• Decreto 106/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Jefe de Gabinete adjunto a D. Francisco Salustiano García de Diego.

 

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

• Decreto 87/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid a Dña. Amaya Mendikoetxea Pelayo.

• Decreto 109/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía a Dña. Mar Pérez Merino.

• Decreto 110/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Educación Infantil, Primaria y Especial a D. José Ignacio Martín Blasco.

• Decreto 111/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio a D. Manuel Bautista Monjón.

• Decreto 112/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Universidades, Ciencia e Innovación a D. Fidel Rodríguez Batalla.

• Decreto 114/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores a D. Ricardo Díaz Martín.

 

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

• Decreto 119/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Medio Ambiente y Agricultura a D. Mariano González Sáez.

• Decreto 120/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Vivienda y Ordenación del Territorio a D. José María García Gómez.

• Decreto 121/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura a D. José Ignacio Tejerina Alfaro.

• Decreto 122/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Descarbonización y Transición Energética a D. Fernando Arlandis Pérez.

• Decreto 123/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Directora General de Vivienda y Rehabilitación a Dña. María José Piccio Marchetti Prado.

 

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

• Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Economía a D. Manuel Llamas Fraga.

• Decreto 128/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Empleo a D. Alfredo Timermans del Olmo.

• Decreto 129/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretario General Técnico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a D. Juan Revuelta González.

 

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

• Decreto 135/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social a D. Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

• Decreto 136/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretaria General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social a Dña. Lubima Jivkova Kosseva.

• Decreto 137/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Servicios Sociales a D. Ignacio Ayres Janeiro.

• Decreto 138/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad a D. Alberto San Juan Llorente.

• Decreto 139/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Directora General de Igualdad a Dña. Patricia Reyes Rivera.

• Decreto 140/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Evaluación, Calidad e Innovación a D. Óscar López Santos.

• Decreto 141/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Juventud a D. Nikolay Yordanov Atanasov.

 

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

• Decreto 142/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretaria General Técnica de la Consejería de Administración Local y Digitalización a Dña. Teresa Regalado Sonseca.

• Decreto 143/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Administración Local y Digitalización a D. José Antonio Sánchez Serrano.

 

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

• Decreto 144/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretaria General Técnica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras a Dña. María Teresa Barcons Marqués.

 

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

• Decreto 145/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Cultura y Turismo a D. Carlos Daniel Martínez Rodríguez.

• Decreto 146/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Viceconsejero de Deportes a D. Alberto Tomé González.

• Decreto 147/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Secretaria General Técnica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte a Dña. María José Barrero García.

• Decreto 148/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director General de Promoción Cultural a D. Gonzalo Cabrera Martín.

• Decreto 149/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Directora General de Patrimonio Cultural a Dña. Elena Hernando Gonzalo.

• Decreto 150/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Director de Área de la Oficina del Español a D. Antonio Cantó García del Moral.

• Decreto 151/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra Directora General de Deportes a Dña. Coral Astrid Bistuer Ruiz.

 

La Comunidad de Madrid aprueba ayudas tecnológicas de hasta 60.000 euros para pequeñas y medianas empresas (Cheque Innovación)

Actualidad, Noticias

El Consejo de Gobierno ha aprobado esta dotación que permitirá a las pymes que las pidan y cumplan con los requisitos obtener ayudas de entre 12.000 y 60.000 euros, dependiendo de la línea de actuación que decida seguir el solicitante.

Los beneficiarios de este programa de ayudas serán las pymes que contraten servicios especializados de apoyo a la I+D y a la innovación, con universidades, centros públicos de investigación, organismos de investigación y difusión del conocimiento, consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otras convocatorias de ayudas de la Comunidad de Madrid. También podrán serlo los Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (IMDEA), centros de innovación públicos y privados, centros tecnológicos y parques científicos, que desarrollen su actividad y tengan su sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Del mismo modo, se incluyen todos aquellos que contraten servicios de asesoramiento, consultoría y apoyo a la innovación con empresas proveedoras de servicios especializados de asistencia técnica en materia de I+D empresarial y apoyo a la innovación, que tengan su domicilio fiscal y un centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Los fines que se persiguen con este programa son impulsar el uso de servicios de innovación por parte de las pequeñas y medianas empresas madrileñas y fomentar sus vínculos y sinergias con los centros de generación de conocimiento. Asimismo, se quieren promover actividades de transferencia de tecnología, facilitando los acuerdos entre las pequeñas empresas y las entidades expertas que conlleven la prestación de servicios técnicos de apoyo a la I+D+i empresarial.

El programa Cheque Innovación juega un papel fundamental, puesto que la concesión de las ayudas contribuye decisivamente a que las pymes madrileñas puedan mejorar sus procesos, ofreciendo productos y servicios de mayor calidad que garanticen su competitividad dentro del mercado, lo que les permitirá afrontar en mejores condiciones la crisis económica derivada del COVID-19.

 

Tramitación

Coronavirus COVID-19 |La Comunidad de Madrid amplía la convocatoria de ayudas a empresas afectadas por la pandemia

Actualidad, Noticias

La Comunidad de Madrid ha ampliado la convocatoria de ayudas a empresas y autónomos afectados por la crisis sanitaria del COVID-19, incluyendo nuevos sectores y extendiendo el plazo para solicitarlas, con el objetivo de llegar a más pymes y autónomos que estén atravesando dificultades económicas ante la pandemia.

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado incluir un total de 56 sectores adicionales, entre los que se encuentran los concesionarios de coches, fabricantes de bebidas, de maquinaria, comercio al por mayor, transportistas, servicios de mudanza, escuelas infantiles o agencias de publicidad, entre otros.

Para ello, se ha dado luz verde a prorrogar el plazo para formalizar la solicitud de las ayudas –previsto inicialmente hasta hoy-, y que ahora permanecerá abierto hasta el próximo 31 de julio a través de la página web de la Comunidad de Madrid, www.comunidad.madrid.

Los nuevos sectores aglutinan a más de 156.000 empresas que emplean a casi 458.000 personas en la región. El importe de las ayudas a las que pueden acceder abarca desde los 3.000 hasta los 200.000 euros.

La convocatoria de ayudas de la Comunidad de Madrid aprobada el pasado mes de abril por el Ejecutivo regional ya contemplaba 25 sectores más de los que recoge el Real Decreto del Estado del Gobierno central, como son las peluquerías y centros de belleza, entre otros. Con la inclusión de las nuevas áreas de actividad, el Gobierno autonómico llega en conjunto a 176 sectores en su convocatoria de ayudas, frente a los 95 que contempla el Real Decreto.

El Gobierno regional va destinar un total de 899,2 millones de euros, es decir, 679 millones de línea financiado por el Gobierno de España más los 220 millones con fondos propios aportados por el Gobierno regional.

 

ACUERDO de 30 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 28 de abril de 2021, por el que se autoriza un gasto por importe de 679.287.790 euros para la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por el Gobierno de España, así como otro gasto por importe de 220.000.000 de euros, correspondiente a la Línea COVID complementaria de ayudas directas a autónomos y empresas financiada por la Comunidad de Madrid, se aprueba el procedimiento de concesión directa y se procede a su convocatoria (Incluye listado de CNAE)