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VIII Edición de los Premios CEPYME – Plazo abierto hasta el 22 de septiembre

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Le informamos que está abierta la convocatoria de la VIII Edición de los Premios CEPYME, cuyo objetivo es promover el reconocimiento social de la figura del empresario y divulgar su contribución al progreso económico y social, así como a la creación de empleo.

En esta octava edición se mantiene en once el número de categorías galardonadas, al igual que en la pasada convocatoria. De esta forma, las categorías que se premiarán son las siguientes:

– Pyme del Año

– Empresario Autónomo del Año

– Pyme Innovación Tecnológica

– Pyme Desarrollo Internacional

– Pyme Proyecto Emprendedor

– Pyme Creación de Empleo

– Pyme por la Igualdad

– Pyme o Empresario Autónomo por la Inclusión laboral de Personas con Discapacidad

– Pyme Eficiencia energética y la sostenibilidad

– Pyme Transformación digital

– Pyme con Mejores prácticas de pago

El plazo de presentación de las candidaturas finalizará el 22 de septiembre de 2021.

Toda la información sobre la convocatoria, tanto las bases como las instrucciones y el formulario para presentar las candidaturas, se encuentra en la web de CEPYME y en la página de los Premios CEPYME 2021.

Coronavirus COVID-19 | Valoración CEOE-CEPYME y Resumen de las medidas tributarias del RD aprobado en Consejo de Ministros del 17 de marzo y en Consejo de Ministros del 24 de marzo

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2. Medidas tributarias

2.1. Aplazamientos del pago de tributos para Pymes y autónomos

Por medio del Real Decreto 7/2020 que adopta medidas urgentes para responder al impacto económico del Covid- 19 en su Capítulo IV, se destacan medidas de apoyo financiero transitorio, concretamente el aplazamiento de deudas tributarias.

• Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice hasta el día 30 de mayo de 2020.

• Para la concesión del aplazamiento será necesario que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.

• El plazo de las condiciones de aplazamiento será de seis meses y no se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

• El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación es de un mes contado a partir de la presentación de la solicitud.

 

2.2. Suspensión y prórroga de plazos administrativos en el ámbito tributario

Se aplazan hasta el 30 de abril de 2020 los plazos abiertos antes y que no hubieran concluido el 18 de marzo correspondientes a:

• Deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración.

• Deudas tributarias en periodo ejecutivo con providencia de apremio notificada.

• Los vencimientos de los plazos y fracciones de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento de pago.

• Los plazos relacionados con el desarrollo de las subastas y adjudicación de bienes.

• Los plazos para atender los siguientes trámites:

o Requerimientos.

o Diligencias de embargo.

o Solicitudes de información con trascendencia tributaria.

o Formular alegaciones ante actos dictados en procedimientos de aplicación de los tributos (gestión e inspección), procedimientos sancionadores o de declaración de nulidad, devolución de ingresos indebidos, rectificación de errores materiales y de revocación.

• Además, no se ejecutarán los embargos o garantías que recaigan sobre bienes inmuebles dentro del procedimiento de apremio hasta el día 30 de abril de 2020.

Asimismo, los que se comuniquen a partir de la entrada en vigor de esta medida se extienden hasta el 20 de mayo de 2020, salvo que el otorgado sea mayor.

Estas medidas, que son favorables al administrado, se complementan con otras destinadas a salvaguardar los intereses de la Administración Tributaria:

• El período desde el 18 hasta el 30 de abril de 2020 no computará a efectos de la duración máxima de los procedimientos de aplicación de los tributos, sancionadores y de revisión tramitados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni a efectos de la duración máxima de los procedimientos iniciados de oficio.

• Tampoco computará para los plazos de prescripción ni de caducidad.

• A efectos de prescripción, en los recursos de reposición y en los procedimientos económico-administrativos, se entenderán notificadas las resoluciones que les pongan fin cuando se acredite un intento de notificación de la resolución (no dos como ahora es preceptivo) entre la entrada en vigor del presente real decreto-ley y el 30 de abril de 2020.

En estos casos, el plazo para interponer recursos o reclamaciones económico-administrativas, no se iniciará hasta el 30 de abril, o hasta que se haya producido la notificación correctamente.

 

Valoración

Las medidas, en general, son positivas, pero sería necesario avanzar más, previendo aplazamientos también para aquellas empresas con facturación superior a 6 millones de euros y por un plazo de un año sin intereses. Además, los aplazamientos deberían extenderse también a las tasas sectoriales que se aplican a empresas de los sectores especialmente afectados por la crisis y contribuyen a comprometer su viabilidad.

También es fundamental, para mejorar la liquidez de las empresas, realizar las devoluciones tributarias pendientes con carácter inmediato y reduciendo significativamente los plazos legales para efectuar devoluciones, medidas aplicables a todas las empresas con independencia de su tamaño.

Por último, junto con la prórroga de plazos relativas a liquidaciones y requerimientos realizados por la Administración, se debería prever expresamente la prórroga de plazos para realizar autoliquidaciones y presentar declaraciones informativas cuyo vencimiento se produzca durante la duración del estado de alarma o, al menos, eliminar las sanciones por incumplimiento de plazos, puesto que muchas empresas no van a tener capacidad, no solo de pago, sino también de cumplir en plazo dichas obligaciones formales. Esta medida se ha implementado en Francia e Italia, así como en la Comunidad Autónoma de Cataluña.

Coronavirus COVID-19 | Valoración CEOE-CEPYME y Resumen de las medidas financieras del RD aprobado en Consejo de Ministros del 17 de marzo y en Consejo de Ministros del 24 de marzo

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1.Medidas financieras

1.1. Avales

Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos de COVID-19, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.

El 17 de marzo se anunció que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder avales por un importe máximo de 100.000 millones de euros, pero el detalle se concretó el 24 de marzo.

En el Consejo de Ministros del 24 de marzo se aprobaron algunos detalles que estaban pendientes acerca de las medidas económicas urgentes anunciadas el pasado 17 de marzo. De este modo, se activó un primer tramo, por valor de 20.000 millones de euros, de la línea de avales anunciada (que asciende a un total de 100.000 millones de euros), de los que la mitad están reservados para préstamos a pymes y autónomos.

Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que no concurra una situación de mora a 31 de diciembre de 2019 o de procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020. Las medidas tendrán carácter retroactivo, de forma que aplican para las operaciones formalizadas desde la entrada en vigor del real decreto, esto es, desde el 18 de marzo.

Estas garantías irán destinadas tanto a nuevos préstamos, como a renovaciones de préstamos, para atender necesidades derivadas de pagos de salarios, facturas, necesidades de circulante, u otras necesidades de liquidez como las derivadas de los vencimientos de obligaciones financieras y tributarias.

Las garantías cubrirán el 80% del préstamo concedido en el caso de las pymes, mientras que para el resto de las empresas, el aval será del 70% para préstamos nuevos y del 60% para las renovaciones, con un plazo igual al de la duración del préstamo hasta un máximo de 5 años.

Las entidades financieras asumirán el coste de estos avales, que se situará entre los 20 y los 120 puntos básicos, y se comprometen a mantener los costes del préstamo en niveles similares a los de la situación previa al COVID-19, así como los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes al menos hasta finales de septiembre.

 

1.2. Líneas ICO

Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado, con el fin de facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos. Esto se llevará a cabo a través de las Líneas de ICO de financiación mediante la intermediación de las entidades financieras tanto a corto como a medio y largo plazo y de acuerdo con su política de financiación directa para empresas de mayor tamaño.

 

1.3. Ayudas a empresas exportadoras

Se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora de hasta 2.000 millones de euros con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización, con las siguientes características:

a) Serán elegibles los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora, sin que sea necesario su relación directa con uno o varios contratos internacionales, siempre que respondan a nuevas necesidades de financiación y no a situaciones previas a la crisis actual.

b) Beneficiarios: las empresas españolas consideradas como Pequeñas y Medianas Empresas conforme a la definición del Anexo I del Reglamento UE 651/2014 de la Comisión (50 millones de euros de facturación), así como otras empresas de mayor tamaño, siempre que sean entidades no cotizadas, en las que concurran las siguientes circunstancias:

– Que se trate de empresas internacionalizadas o en proceso de internacionalización, al cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

▪ empresas en las que el negocio internacional, reflejado en su última información financiera disponible, represente al menos un tercio (33%) de su cifra de negocios, o

▪ empresas que sean exportadoras regulares (aquellas empresas que hayan exportado regularmente durante los últimos cuatro años conforme a los criterios establecidos por la Secretaria de Estado de Comercio).

– Que la empresa se enfrente a un problema de liquidez o de falta de acceso a la financiación resultado del impacto de la crisis del COVID 19 en su actividad económica.

La línea se instrumentará en dos tramos de 1.000 millones de euros, entrando el segundo en vigor tras haberse verificado una ejecución satisfactoria del primer tramo.

 

1.4. Ayudas a empresas agrarias

Se facilitará que, de manera voluntaria, los prestatarios de créditos financieros concedidos a titulares de explotaciones agrarias afectados por la sequía del año 2017 al amparo de las órdenes AAA/778/2016, de 19 de mayo, Orden APM/728/2017, de 31 de julio y APM/358/2018, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, acuerden con las entidades financieras prolongar hasta en un año, que podrá ser de carencia, el periodo de amortización de los préstamos suscritos.

 

Valoración

En estos momentos extraordinarios, en los que el mecanismo de transmisión de la política monetaria puede no funcionar con normalidad, es fundamental asegurar que una parte de este mayor volumen de crédito pueda llegar a las empresas que más lo van a necesitar, y cuya actividad se vea notablemente afectada por los efectos derivados del coronavirus. Las medidas aprobadas serán útiles para que el flujo crediticio pueda seguir llegando hasta las empresas y esperamos que ayuden a preservar al mismo tiempo el empleo.

Le damos la bienvenida al desbloqueo y detalle del primer tramo de avales y entendemos que es un buen punto de partida. Era especialmente crucial arrancar cuanto antes, y en este sentido, a pesar del retraso inicial a la hora de anunciar los detalles, valoramos positivamente la retroactividad de la que se ha dotado a la medida para que tenga efectos desde cuando fue realmente anunciada, el pasado 18 de marzo.

La implementación de este primer tramo servirá para “echar a andar” el mecanismo y comprobar la eficacia de su funcionamiento. No obstante, lo más probable es que se quede corto y haya que avanzar hasta completar los 100.000 millones o incluso ampliarlo si fuera necesario. En este sentido, las cuantías aseguradas y los importes concedidos deben ser lo suficientemente amplios para que ninguna empresa que los necesite y que cumple los criterios, se pueda quedar sin ellos.

Esta crisis nos afecta a todos, empresas de todas las dimensiones, y por supuesto autónomos. Sin embargo, las pequeñas y medianas empresas y los autónomos son especialmente vulnerables, de ahí que consideremos positivo que se haya optado por reservar la mitad de este primer tramo de 20.000 millones a avalar financiación concedida a estas compañías, así como el hecho de que la garantía cubra, en estos casos, el 80% del valor del crédito, en línea con lo que están ofreciendo los países de nuestro entorno comparado.

Por último, es destacable también el esfuerzo del sistema bancario. Los avales no son un regalo, tienen un coste que soportarán las entidades financieras, que además se comprometen a mantener el coste de los préstamos que venía aplicando en una situación normalizada, como lo era la previa a la propagación del COVID-19.

Coronavirus COVID-19 | Comunicado CEOE-CEPYME sobre primer tramo línea de avales para empresas y autónomos

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Una vez conocidas las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros de este 24 de marzo para la concesión de un primer tramo de avales por importe de 20.000 millones de euros a empresas y autónomos, CEOE y CEPYME valoramos este nuevo paso dado por el Gobierno para facilitar la financiación bancaria de muchos negocios.

Se trata de unas medidas que veníamos demandando con carácter urgente los empresarios españoles, pues consideramos que son clave para la recuperación de la economía, ya que permitirán mantener aquellos negocios que están sufriendo un descenso drástico de su actividad con motivo del COVID-19 y que requieren de estos recursos para evitar en muchos casos el cierre.

A la espera de conocer en todo caso el detalle de estas condiciones, también valoramos positivamente que el Gobierno haya atendido a la necesidad de retroactividad de estos avales con fecha del 18 de marzo, y en especial el refuerzo que se contempla de las garantías que deben ofrecer la pequeña empresa y los autónomos para el acceso a la financiación, para los que este respaldo público alcanzará el 80% del importe solicitado.

Coronavirus COVID-19 | CEOE-CEPYME – Valoración del paquete de medidas económicas

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A la espera de poder realizar una valoración más completa y sosegada del paquete de medidas aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de este martes para seguir combatiendo los efectos del COVID-19, en CEOE y CEPYME valoramos positivamente que el Gobierno considere prioritario tanto salvaguardar la salud de los ciudadanos como sostener la actividad empresarial y las cadenas de financiación.

Vemos positivo que se haya desplegado esta importante batería de medidas económicas, especialmente avales públicos, a la espera de que se concreten los detalles referidos a los porcentajes y las garantías y confiando en que estén en la línea de los anunciados en países como Alemania e Italia.

Desde CEOE y CEPYME creemos que estas medidas serán útiles para que el flujo crediticio pueda seguir llegando hasta las empresas y esperamos que ayuden a preservar al mismo tiempo el empleo.

También en esa espera, dentro del ámbito laboral, damos la bienvenida a la agilización de los expedientes temporales de regulación (ERTEs) y a la suspensión de cotización, si bien no es posible hacer una valoración más exhaustiva sin disponer del documento que nos permita conocer el detalle final de las medidas propuestas, que entendemos que debiera ir en sintonía con el acuerdo alcanzado por los interlocutores sociales CEOE, CEPYME, UGT y CCOO el pasado jueves.

Reiterando nuestro apoyo y colaboración en todo momento desde el ámbito empresarial al conjunto de la sociedad, compartimos que debe ser una crisis temporal y que será necesario seguir implementando nuevas medidas en los próximos días en función de las nuevas necesidades con el objetivo de poner los cauces necesarios para retornar a la normalidad cuanto antes.

CEOE y CEPYME piden reforzar la confianza en España para fortalecer la recuperación económica y la creación de empleo

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La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) trasladan a los partidos políticos y a la sociedad en general la necesidad de que las negociaciones para la formación de un nuevo Gobierno se aborden con sentido de Estado y anteponiendo el respeto y el cumplimiento del marco constitucional a los intereses particulares.

España suma ya más de 40 años de progreso ininterrumpido, de crecimiento y avance en el respeto de los derechos y libertades fundamentales de sus ciudadanos, así como de paz social. Es un capital logrado con el esfuerzo y la unión de las empresas, los trabajadores y las instituciones españolas, sin distinción, que debemos preservar entre todos.

Además, los empresarios hacemos un llamamiento a la responsabilidad de todos los partidos políticos para afrontar las principales preocupaciones de los españoles y para abordar los retos y desafíos que tenemos por delante, en un escenario de desaceleración económica.

La principal vulnerabilidad de la economía española es el elevado endeudamiento público que, unido a los compromisos de déficit derivados de la gobernanza europea, hacen que el rigor presupuestario sea un principio inaplazable de las políticas públicas.

La política fiscal debe ayudar a la competitividad de las empresas, a su internacionalización e innovación y, sobre todo, favorecer la creación de empleo que es la gran prioridad de España y la condición necesaria para el sostenimiento de nuestro Estado del Bienestar.

En este empeño, se hace imprescindible, dentro de la diversidad de fuerzas, contar con un Gobierno estable y moderado, que propicie pactos de Estado sobre reformas inaplazables para garantizar a futuro un crecimiento económico sostenible generador de más y mejores empleos.

Formación, innovación y digitalización, industrialización, internacionalización, unidad de mercado, sostenibilidad y una fiscalidad competitiva son algunas de las prioridades que han señalado los empresarios para lograr la reactivación económica y del empleo que esperan todos los españoles.

CEOE y CEPYME reivindican también la importancia del diálogo social como canalizador de los intereses de las empresas y de los trabajadores y como garantía del bienestar social e insiste en la necesidad de contar con su participación en el proceso legislativo y de reformas que a partir de la formación de gobierno se pongan en marcha, para favorecer la equidad y los consensos sociales.

Por todo ello, y reiterando la voluntad de colaboración de CEOE y CEPYME con aquel Gobierno que se acabe conformando, los empresarios españoles vuelven a incidir, como hicieron tras las elecciones generales del mes de abril, en la necesidad de explorar opciones de Gobierno que garanticen la estabilidad política y la moderación, tan necesarias para la confianza-país, y que permitan consolidar la recuperación económica y la creación de oportunidades.