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Coronavirus COVID-19 | Ayudas financieras a pymes y autónomos afectados por el covid-19 en el ámbito de la Comunidad de Madrid

Actualidad, Noticias

Se trata de una ayuda destinada a prestar apoyo financiero a pymes y autónomos madrileños cuya actividad se haya visto afectada por el COVID- 19 y que hayan suscrito un préstamo que esté avalado al 100% por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).

Se pueden consultar las SGR que operan en la Comunidad de Madrid en el siguiente enlace: www.conavalsi.com/sgr

La ayuda consiste en una subvención del 6,5% del principal que se deberá destinar al pago de comisiones, intereses y/o amortización asociados a la operación de préstamo suscrita, y/o al pago de comisiones asociadas al aval otorgado.

Nota importante:

Los avales otorgados por el ICO, u otras entidades que no tengan la condición de SGR NO entran en el ámbito de actuación de esta línea de ayudas.

¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:

  • Pymes
  • Trabajadores que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (incluidos los socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles encuadrados en dicho Régimen).
  • Trabajadores incorporados a una Mutua de Previsión Social.

 

¿Qué requisitos debe cumplir el préstamo, además de estar avalado al 100% por una SGR?

  • Préstamo nuevo o renovación, concedido a partir del 14 de marzo de 2020.
  • Importe máximo 50.000 € de principal.
  • Plazo de devolución máximo de 30 meses, incluidos los 6 de carencia.
  • Sucursal bancaria donde se formaliza el préstamo situada en la Comunidad de Madrid.
  • Destino del préstamo, entre otros conceptos:
  1. Pagos a proveedores de mercaderías, materias primas y aprovisionamientos; pagos acreedores por prestación de servicios, arrendamientos y/o suministros.
  2. Pago de nóminas y seguros sociales.
  3. Gastos financieros operativos.
  4. Cancelación de deudas bancarias
  • Avalado al 100 % por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).

 

¿Qué gastos son subvencionables?

Son subvencionables los gastos asociados al préstamo y al aval:

  • Pagos de comisiones.
  • Intereses.
  • Amortización.

¿Dónde se presenta la solicitud?

Exclusivamente por medios electrónicos en www.comunidad.madrid:

www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/ayudas-comunidad-madrid-estado-alarma#consejeria-economia-empleo-competitividad

https://gestionesytramites.madrid.org/cs/Satellite?cid=1354825006506&c=CM_ConvocaPrestac_FA&noMostrarML=true&pageid=1142687560411&pagename=ServiciosAE/CM_ConvocaPrestac_FA/PSAE_fichaConvocaPrestac&vest=1142687560411

Con cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica operativos en la Comunidad de Madrid.

Se deberá estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, para realizar todas las notificaciones relativas a este procedimiento:

www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general

 

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo de presentación desde el 9 de mayo hasta el 30 de noviembre de 2020.

 

¿Cuándo y cómo se recibe la ayuda?

Una vez estudiada la solicitud y notificada la orden de concesión al beneficiario, el importe de la subvención se abonará en un único pago anticipado mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el beneficiario en la solicitud.

Coronavirus COVID-19 | Activación del cuarto tramo de avales

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El BOE del 20 de mayo ha publicado la Resolución de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que instruye al Instituto de Crédito Oficial (ICO) a poner en marcha el cuarto tramo de la línea de avales (link).

El importe de este cuarto tramo es de 20.000 millones de euros y está dirigido a avalar la financiación otorgada a pequeñas y medianas empresas y autónomos por entidades de crédito para paliar los efectos en su actividad como consecuencia del COVID-19.

Los avales de este cuarto tramo podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.

Le recordamos que puede consultar las características de esta línea de avales a través del siguiente link a la web del ICO.

Coronavirus COVID-19 | Financiación para pymes y autónomos madrileños (Línea Madrid liquidez exprés Avalmadrid)

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Con el objetivo de apoyar a las empresas madrileñas en estos momentos de dificultad con motivo de la crisis sanitaria de la COVID-19, Avalmadrid ha puesto en marcha el PLAN CONFIANZA a través de tres líneas.

Una de ellas, la Línea Madrid Liquidez Exprés, se dirige a operaciones nuevas. El objetivo es aportar liquidez rápida para cubrir los gastos generales por la crisis hasta 50.000 € a 6+24 meses (6 de carencia).

¿Qué ofrece Avalmadrid?

Financiación de los gastos generales generados durante la crisis, para que puedan mantener su actividad y el empleo cuando termine el periodo de alarma.

¿A quién se dirige?

Pymes y Autónomos de la Comunidad de Madrid que se hayan visto afectados directa o indirectamente por la emergencia sanitaria del COVID-19, por cierre de negocio o caída importante de la actividad (25%).

Características

Préstamos de hasta 50.000 € en los que Avalmadrid avalará el 100% de cada préstamo.
Plazo: 6+24 (6 meses de carencia).

Requisitos

No encontrarse en situación de mora, concurso o preconcurso, ni tener alertas en CIRBE y ficheros externos.
Estados financieros cerrados a cierre del año 2019 (con beneficios).

Documentación

Declaración responsable de justificación del impacto de la crisis (cierre negocio, bajada significativa de ventas, 25%) y de mantenimiento de actividad.
Solicitud Avalmadrid con la documentación habitual en estas operaciones

Procedimientos

  • A través de su gestor de Avalmadrid asignado o del teléfono 91 654 14 11, desde el cual les pondremos en contacto con la delegación situada en Alcobendas.
  • A través del correo electrónico info@empresariosdealcobendas.com.
  • A través de la plataforma CON AVAL SÍ (página web Avalmadrid).

 Solicitud de Aval Autónomos Línea Exprés

 Solicitud de Aval Sociedades Línea Exprés

 

ACCEDA A LA INFORMACIÓN SOBRE LA LÍNEA MADRID LIQUIDEZ EXPRÉS (PLAN CONFIANZA DE AVALMADRID)

 

*Avalmadrid S.G.R. es una entidad financiera de capital mixto, público y privado, sujeta a la supervisión del Banco de España. Su objetivo, a través de la prestación de garantías, es facilitar el acceso a la financiación y mejorar las condiciones de esta para la Pyme, el autónomo y el emprendedor madrileño, elementos claves de nuestra competitividad empresarial.

Coronavirus COVID-19 | Ayudas de apoyo financiero a pymes y autónomos madrileños afectados por el COVID-19 (Comunidad de Madrid)

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El BOCM de 8 de mayo ha publicado el Acuerdo de 6 de mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las pymes y autónomos madrileños afectados por el COVID-19.

A continuación, se indican los principales aspectos de estas ayudas.

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Trabajadores que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluidos los socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles encuadrados en dicho Régimen; así como trabajadores incorporados de manera alternativa a una Mutua de Previsión Social, o

b) Pequeñas y medianas empresas, considerándose como tales aquellas empresas que cumplan los criterios recogidos en el Anexo I del Reglamento UE número 651/2014, de la Comisión.

Para obtener la condición de beneficiario se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Desarrollar o disponer de un centro de actividad en la Comunidad de Madrid.

b) Haber suscrito una operación de préstamo con una entidad de crédito que disponga de establecimiento permanente abierto en la Comunidad de Madrid, y que esté avalada en un 100% por alguna de las Sociedades de Garantía Recíproca que operan en la Comunidad de Madrid.

El destino de los recursos derivados de la operación de préstamo suscrita ha de ser alguno de los siguientes conceptos:

– Pagos a proveedores de mercaderías, materias primas y aprovisionamientos; pagos a acreedores por prestación de servicios, arrendamientos y/o suministros. – Pago de nóminas y seguros sociales. – Gastos financieros operativos. – Pago de impuestos y primas de seguros en cobertura de riesgos asociados a la actividad empresarial, y/o – Cancelación de deudas bancarias y otros conceptos.

c) Desarrollar una actividad afectada por la situación de COVID19. A estos efectos, se consideran como tal las siguientes:

– Actividades cuya apertura al público quedase suspendida con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y normativa que lo desarrolle. – Actividades que, no encontrándose en la relación anterior, hayan experimentado, a partir del mes de marzo o abril de 2020, una reducción de, al menos un 25% de la facturación, respecto al mismo mes del año anterior o respecto al mes de febrero de 2020. – Negocios que iniciasen su actividad en marzo de 2020, independientemente del sector en el que se desarrolle.

 

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables los pagos de comisiones, intereses, y/o amortización asociados a operaciones de préstamo suscritas, y los pagos de comisiones asociadas al aval otorgado.

Las operaciones de préstamo suscritas han de cumplir los siguientes requisitos:

a) Préstamos nuevos o renovaciones, concedidos a partir de la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020.

b) El destino de los recursos obtenidos ha de ser alguno de los conceptos descritos anteriormente.

c) Su importe no podrá superar 50.000 euros de principal.

d) Su plazo de devolución será igual o inferior a 30 meses, incluidos 6 meses de carencia.

e) Haber sido suscritas con entidades de crédito que dispongan de establecimiento permanente abierto en la Comunidad de Madrid.

f) Haber sido avaladas en un 100% de su importe por las Sociedades de Garantía Recíprocas que operen en la Comunidad de Madrid.

 

CUANTÍA DE LA AYUDA

La cuantía será el equivalente al 6,5% del importe formalizado, en concepto de principal, de las operaciones de préstamo.

 

PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

Las ayudas se podrán solicitar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes normas.

La presentación de solicitudes y la documentación exigida se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad o en los restantes registros electrónicos a los que se refiere la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede acceder al texto completo de la convocatoria a través del siguiente link.

Coronavirus COVID-19 | La Comunidad de Madrid aprueba 8 millones para sufragar los costes financieros de préstamos y avales de pymes y autónomos

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El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy 8 millones de euros para sufragar los costes financieros de préstamos de autónomos y pequeñas y medianas empresas afectadas por el coronavirus. Se trata de una de las dos nuevas medidas que ha dado luz verde hoy la Comunidad de Madrid para ayudar a los empresarios afectados por la pandemia a mantener sus negocios y reactivar el empleo y la actividad económica.

En concreto, se han aprobado las bases que regulan la concesión de las ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las pymes y los trabajadores autónomos madrileños que hayan suscrito un préstamo con una entidad de crédito y que esté avalado al 100% por una de las Sociedades de Garantía Recíproca que operan en la Comunidad de Madrid.

Esta convocatoria, dotada con estos 8 millones de euros, permitirá facilitar el acceso a financiación a aproximadamente 3.000 beneficiarios, contrarrestando las posibles tensiones de liquidez que está provocando la crisis del coronavirus en distintos sectores de la economía regional.

La ayuda consiste en una subvención equivalente al 6,5% del importe del préstamo formalizado, cantidad que se debe destinar al pago de las comisiones, los intereses o la amortización asociados al préstamo suscrito, o al pago de las comisiones asociadas al aval correspondiente. Pueden solicitar la ayuda los autónomos y pymes que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, y que hayan suscrito o renovado un préstamo con posterioridad al 14 de marzo, con una duración máxima de 30 meses y un importe máximo de 50.000 euros.

Estos 8 millones se suman al convenio rubricado con Avalmadrid para constituir un fondo específico destinado a promover el acceso a financiación para pymes y autónomos. Este fondo, dotado con 12 millones de euros, cubre el riesgo del otorgamiento de avales por parte de Avalmadrid para financiar operaciones de inversión o cobertura de necesidades de liquidez. Se estima que con esta cantidad se podrá facilitar financiación por un importe cercano a 150 millones de euros.

Coronavirus COVID-19 | Nuevo servicio de ayuda de la AEAT para autónomos

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La página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha incluido un nuevo servicio de ayuda, que tiene como objetivo facilitar la presentación de los modelos 131 y 303 para aquellos autónomos que, debido al estado de alarma por el COVID-19, no pueden acudir a las oficinas de la AEAT como venían haciendo.

El servicio está dirigido a empresarios que apliquen el régimen de módulos en el IRPF y régimen simplificado en IVA. Se puede acceder a él a través del siguiente link.

Coronavirus COVID-19 | La Comunidad de Madrid aprueba las bases para sufragar las cuotas de marzo y abril a los autónomos

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  • Estas ayudas, dotadas con 38,2 millones, podrán solicitarse dentro del mes siguiente a su publicación en el BOCM  Se destinan un total de 17 millones en ayudas directas de hasta 3.200 euros a través del Plan Impulsa.
  • Pymes y autónomos podrán obtener financiación inmediata gracias al convenio firmado con Avalmadrid.

 

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy las bases que regulan la concesión de las ayudas del Plan Continúa, dotado con 38,2 millones de euros y que permitirá abonar a más de 70.000 autónomos de la región afectados por la crisis del coronavirus una cantidad equivalente al importe de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a los meses de marzo y abril.

Se pone así en marcha esta iniciativa del Ejecutivo regional incluida en el primer paquete de medidas urgentes, aprobadas en el Consejo de Gobierno del pasado 3 de abril, que movilizan más de 70 millones de euros para dotar de liquidez y subvenciones directas a las pymes y autónomos madrileños, uno de los sectores más golpeados por el cierre de actividades económicas no esenciales decretado por el estado de alarma.

El Plan Continúa supone una inyección directa de liquidez que los autónomos podrán utilizar para cubrir los gastos más urgentes para mantener su actividad. De esta ayuda, que tendrá un importe de 534,5 euros (correspondiente al importe de la cotización mínima de dos meses), se podrán beneficiar los autónomos con o sin empleados a su cargo, incluidos autónomos industriales, socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles, que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en una mutua de previsión social y que desarrollen su actividad en la región.

Los requisitos para acceder a este abono son estar al corriente de pago de las obligaciones tanto tributarias como con la Seguridad Social y presentar una declaración responsable que acredite un descenso de facturación de al menos el 30% y comprometa el mantenimiento de alta en el RETA durante los tres meses siguientes a su abono.

No podrán acceder a esta ayuda, que se podrá solicitar en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), los perceptores de las ayudas por pérdida del 75% de actividad o cese de negocio que ha establecido en Gobierno central, los que hayan recibido una ayuda o bonificación de cuota por parte de una mutua, aquellos autónomos de la región que estén acogidos a la Tarifa Plana o que hayan solicitado las ayudas prevista en el Plan Impulsa.

Este último programa, que ya activó hace unas semanas el Gobierno regional, suma 12 millones de euros más a los 5 que se aprobaron en principio para alcanzar un presupuesto total de 17 millones, que se destinarán a ofrecer a los autónomos sin empleados a su cargo una ayuda directa de 3.200 euros, correspondiente al pago de 12 mensualidades de la base mínima de cotización a la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid ya está gestionando el pago de estas ayudas, cuyos solicitantes deben estar dados de alta en el RETA, adjuntar una declaración que justifique la merma de ingresos provocada por el coronavirus a sus negocios y mantener esa alta en el RETA durante al menos doce meses.

 

CONVENIO CON AVALMADRID

Además, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha autorizado la celebración de un convenio con Avalmadrid para constituir un fondo específico destinado a promover el acceso a financiación para pymes y autónomos.

Este fondo, incluido también en el mencionado primer paquete de medidas, estará dotado con 12 millones de euros que cubrirán el riesgo del otorgamiento de avales por parte de Avalmadrid para financiar operaciones de inversión o cobertura de necesidades de liquidez. Se estima que con esta cantidad se podrá facilitar financiación por un importe cercano a 150 millones de euros.

El importe máximo de las operaciones financieras avaladas con este fondo no podrá superar el millón de euros, y su vencimiento tendrá un plazo máximo de cinco años. A estos 12 millones del fondo se sumarán próximamente otros 8 millones que se destinarán a bonificación de costes financieros y que completan los 20 millones anunciados el pasado 3 de abril.