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Sentencia del Tribunal Supremo sobre la deducibilidad de los intereses de demora en el IRPF

Le informamos que el pasado 24 de julio el Tribunal Supremo dictó la Sentencia 3511/2023, sobre la deducibilidad de los intereses de demora en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En concreto, el Tribunal dictamina que los intereses de demora derivados de un procedimiento de inspección, tienen la condición de gasto deducible a efectos de la determinación del rendimiento de la actividad empresarial o profesional en el I.R.P.F.

En este sentido, señala que dichos intereses tienen carácter compensatorio o reparador (y no sancionador) por el retraso en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.