Los seguros de vida son una opción cada vez más demandada. Con la contratación de este tipo de seguros, puedes estar tranquilo en múltiples aspectos teniendo garantía de que recibirás una compensación ante situaciones inesperadas.
Los seguros de vida permiten que tus beneficiarios afronten una situación inesperada de la mejor manera y, también, que tú, en caso de accidentes o situaciones que conlleven una incapacidad, puedas encarar mejor la situación. Estos seguros de vida están pensados para atender a los tuyos con transparencia, confianza y seriedad.
Garantiza desde ahora que la hipoteca, gastos y/o calidad de vida de tu familia quede cubierta en caso de tu ausencia.
Desde el área de seguros de AICA te ayudaremos a encontrar la mejor relación cobertura/capital, con una de las primas más competitivas del mercado; contando con la posibilidad de fraccionar el pago del mismo.
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PREGUNTAS FRECUENTES
¿Puedo tener más de una póliza de vida?
- Si, puedes tener cuantas pólizas de vida consideres necesarias para proteger a tu familia y patrimonio.
Tengo ya una póliza de vida con la hipoteca del banco, ¿puedo cambiarla?
- Sí, después de un año con tu banco puedes considerar otras opciones en prima que sean más asequibles e incluso como ejercicio comparativo.
Si tengo más de 70 años, ¿puedo acceder a una póliza de vida?
- Sin ningún inconveniente, debes tener presente, eso sí, que el riesgo aumenta en función de la edad.
¿Desde cuándo queda cubierta mi familia? ¿Hay carencias?
- No hay carencias, estás protegido desde el mismo día que tiene efecto la póliza.
¿Puedo proteger a mi familia contratando también una póliza a su nombre?
- Correcto, puedes proteger a cuantos miembros de tu familia desees como tomador de la póliza y ellos como asegurados; recuerda que el coste de la prima varía en función de la edad del asegurado y no del tomador.
¿Quién puede ser beneficiario de un Seguro de Vida?
- No hay límite de beneficiarios.
¿Es obligatorio el cuestionario de salud al contratar una póliza de vida?
- Solo se te pedirá que respondas a un breve cuestionario de salud y, en caso que se considere necesario pasar un reconocimiento médico, el coste de esta revisión será asumido por la aseguradora.
¿Los beneficiarios del Seguro pueden usar el capital asegurado para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?
- Para cobrar un Seguro de Vida las aseguradoras suelen exigir la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones; sin embargo, es habitual que la aseguradora conceda un anticipo con cargo a la indemnización del Seguro, para facilitar que los beneficiarios puedan hacer frente a la liquidación de este impuesto.
Si quieres más información sobre este tipo de póliza, contacta con nosotros:
Área de Seguros de AICA
Telf. 91 654 14 11