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Departamento Laboral de AICA | Nuevos permisos de los trabajadores

Estimados asociados, en la primera nota informativa tras el periodo estival, os queremos recordar que el Gobierno aprobó el pasado mes de marzo la Ley de Familias, que supuso la modificación del Estatuto de los Trabajadores para la puesta en marcha de nuevos permisos laborales y días libres, algunos de ellos retribuidos, que los empleados pueden solicitar a partir de ahora a su empresa.

Con el arranque de la vuelta al cole’, los padres y las madres tendrán que enfrentarse a una de sus principales preocupaciones: cómo conciliar la vida personal y laboral. Pero, esta vez, el comienzo del curso escolar viene con una novedad, tras la entrada en vigor de la Ley de Familias y la modificación del Estatuto de los Trabajadores, y es que la normativa contempla la puesta en marcha de nuevos permisos parentales y días libres que podrán pedir los trabajadores progenitores a su empresa a partir de este mes de septiembre (mes de vuelta de vacaciones por excelencia).

El Gobierno aprobó el pasado 28 de marzo la Ley de Familias, el 30 de junio de 2023, se dio luz verde al Real Decreto que adapta una Directiva Europea a la normativa española y que introduce nuevas medidas que tienen como objetivo favorecer la conciliación. 

Dado que los nuevos permisos empezaron a estar vigentes antes de verano, buena parte de los trabajadores no han podido pedirlos aún si han estado de vacaciones. De ahí, qué en el mes habitual de vuelta a la rutina, septiembre, tengan la posibilidad de solicitarlos a la empresa.

Como os adelantábamos La Ley de Familias ha traído consigo diversos cambios, siendo uno de los principales el nuevo permiso parental de ocho semanas que pueden pedir los trabajadores para el cuidado de los hijos e hijas menores de ocho años, así como para los niños y niñas acogidos por más de un año. Este puede disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial. Es posible utilizarlo, por ejemplo, este mes de septiembre o en verano, cuando los padres y las madres que no tienen donde dejar a sus hijos.

Es el propio trabajador el que tiene que establecer la fecha de inicio y fin del permiso, aunque debe comunicarlo a la empresa con diez días de antelación o el tiempo fijado por el convenio colectivo. No obstante, en función de las necesidades organizativas, la empresa puede aplazar o proponer otras fechas para disfrutarlo. Actualmente este permiso no es retribuido a expensas de si se realiza o no un posterior desarrollo reglamentario del mismo.

El permiso parental de ocho semanas no es el único nuevo permiso al que pueden acceder los trabajadores desde este mes de septiembre. A él se une el nuevo permiso por ‘causa de fuerza mayor’, que se distribuye por horas y puede ser de hasta cuatro días al año. Este sí que es retribuido y, de igual forma, permite que los padres y las madres puedan ausentarse de su puesto cuando tengan motivos familiares urgentes o inesperados, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

El Ejecutivo también aprobó un permiso de cinco días al año, retribuidos, en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo, ya sea de un familiar de hasta segundo grado o de un conviviente.

Asimismo, los días libres que puede coger un empleado por enfermedad grave, accidente, intervención quirúrgica sin hospitalización u hospitalización aumentan y pasan de dos a cuatro o cinco días, en función del caso. Y se ha actualizado el permiso de dos días por la muerte del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que queda individualizado y con un tratamiento específico.

 

Como siempre desde el departamento laboral de AICA os mantendremos informados de las novedades normativas en materia laboral.

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