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Coronavirus COVID-19 | Programa Industria COVID-19 2020 Comunidad de Madrid

Tipos de actuaciones subvencionables:

El presente Acuerdo está dirigido a regular las siguientes líneas de ayudas:

  • Línea 1: Adecuación de lugares de trabajo frente al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales.
  • Línea 2: Adquisición de equipos de protección frente al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales.
  • Línea 3: Fabricación de equipos destinados a la protección frente al COVID-19 y al tratamiento de la enfermedad, y a la protección frente a otros agentes y elementos nocivos para la salud de los trabajadores de empresas industriales y de la población en general.

 

Beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas de las Líneas 1 y 2 los profesionales autónomos industriales y las empresas que desarrollen actividades de los siguientes CNAES:

  1. Sección B completa (industrias extractivas)
  2. Sección C completa (industrias manufactureras)
  3. Sección D completa (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado)
  4. Sección E completa (suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación)
  5. Sección G, División 45.2 (mantenimiento y reparación de vehículos a motor) y División 45.4 (mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios)
  6. Sección H, División 52 (almacenamiento y actividades anexas al transporte), excepto la Clase 52.24 (manipulación de mercancías)
  7. Sección M, Divisiones 71 y 72 (servicios técnicos de arquitectura e ingeniería, ensayos y análisis técnicos; investigación y desarrollo)

Podrán acogerse a las ayudas de la Línea 3 los profesionales autónomos industriales y las empresas que desarrollen alguna de las actividades comprendidas en la Sección C del CNAE.

 

Tipo y cuantía de la ayuda:

Se establecen los siguientes importes máximos de ayuda por partida financiable:

  • Líneas 1 y 2: 30% de la inversión subvencionable.
  • Línea 3: 40% de la inversión subvencionable.

Estos porcentajes se incrementarán en 10% si el municipio de actuación tiene menos de 2.500 habitantes.

El importe máximo de la ayuda será de 100.000 € por actuación.

 

Pago de la ayuda:

Tras la presentación de la cuenta justificativa.

Actualmente no se necesitan constituir garantías.

 

Gastos subvencionables:

Se considerarán gastos subvencionables los indicados a continuación:

Para la Línea 1, la adquisición, instalación y puesta en marcha de:

  • Mamparas de protección, elementos y sistemas digitales separadores entre trabajadores.
  • Cartelería y equipos de información a los trabajadores de los riesgos para la salud.
  • Equipos de aspiración con su correspondiente sistema de filtración o similar.
  • Sistemas de purificación de aire.
  • Dosificadores sin contacto de agua, jabón, geles hidroalcohólicos y otros productos similares de limpieza.
  • Sistemas para la apertura automática de puertas.
  • Sistemas de limpieza y desinfección personal.
  • Equipos y sistemas para el control, sin contacto, de la temperatura.
  • Equipos, programas y sistemas para permitir el teletrabajo.
  • Mecanismos y sistemas de control de acceso que permitan incrementar la seguridad de los trabajadores.
  • Sistemas logísticos y de manipulación de productos.
  • Equipos, programas informáticos y sistemas para la monitorización, seguimiento y control de la potencial exposición de trabajadores al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud.
  • Equipos y sistemas auxiliares, directamente relacionados y sean necesarios para el funcionamiento con los equipos y sistemas antes indicados.

Para la Línea 2 la adquisición de:

  • Equipos de respiración motorizados.
  • Máscaras completas reutilizables.
  • Equipos respiratorios de circuito cerrado.
  • Otros equipos de protección individual no desechables, de duración prevista superior a un año.

Para la Línea 3, la adquisición de maquinaria, la ejecución de instalaciones técnicas y la reforma de locales o naves para la fabricación y, en su caso, instalación de:

  • Pantallas, elementos, barreras y sistemas digitales de separación.
  • Equipos de protección respiratoria.
  • Equipos de aspiración localizada de puestos de trabajo.
  • Equipos purificadores de aire.
  • Equipos respiradores médicos.
  • Equipamiento médico específico y elementos consumibles para unidades de cuidados intensivos.
  • Gel hidroalcohólico y otros productos destinados a la higiene y protección de los trabajadores frente al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud.
  • Dosificadores sin contacto de agua, jabón, geles hidroalcohólicos y otros productos similares de limpieza.
  • Equipamiento de laboratorio y auxiliar de laboratorio destinado a análisis, pruebas, controles e investigaciones sobre el COVID-19 y otros agentes perjudiciales para la salud.
  • Equipos y sistemas para el control, sin contacto, de la temperatura.
  • Equipos de protección individual destinados a la protección de los trabajadores frente al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud.
  • Sistemas de limpieza y desinfección personal.
  • Sistemas para la apertura de puertas sin contacto y otros mecanismos y sistemas de control de acceso.
  • Sistemas logísticos y de manipulación de productos.
  • Equipos, programas informáticos y sistemas para la monitorización, seguimiento y control de la potencial exposición de trabajadores al COVID-19 y otros agentes y elementos nocivos para la salud.
  • Instalación de equipos y sistemas auxiliares, que estén directamente relacionados y sean necesarios para el funcionamiento de los equipos y sistemas antes indicados.

 

Plazo de ejecución del proyecto:

Solo se considerarán gastos financiables las inversiones y gastos realizados desde la fecha de solicitud y la fecha de justificación (18 meses desde la concesión, con el límite de 31/10/2023)

 

Para ampliar información o recibir un diagnóstico gratuito de las ayudas que puede recibir tu empresa, por favor contacta con:

·         Teléfono: 916 541 411

·         Email:  financiacion@empresariosdealcobendas.com

Fecha tope de presentación:

30 de abril 2023.