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Coronavirus COVID-19 | Requisitos ayuda a autónomos de la Comunidad de Madrid

• El Plan Impulsa concederá ayudas directas de hasta 3.200 euros que se abonarán en un pago único

• Los solicitantes deberán acreditar la merma de ingresos y mantenerse dados de alta en la Seguridad Social durante al menos doce meses

 

El BOCM de hoy, 26 de marzo, ha publicado el Acuerdo de 25 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, que flexibiliza el procedimiento de concesión directa del Programa Impulsa para autónomos en dificultades (enlace). El gasto total será de 5 millones de euros en ayudas para que los autónomos sin empleados a su cargo y cuyos negocios se hayan visto afectados por las medidas adoptadas en las últimas semanas para frenar la expansión del coronavirus (COVID-19) puedan mantener su actividad y no se vean abocados al cierre.

Serán subvencionables las cuotas por contingencias comunes durante un máximo de doce meses. Los trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que se hayan visto afectados por los sucesos previstos (entre ellos los derivados de la enfermedad Covid 19), podrán presentar la solicitud en el plazo de tres meses.

Las personas que estén en esta situación podrán solicitar una ayuda directa de hasta 3.200 euros, que llegará de manera inmediata y en un pago único. Esta cantidad se concederá por orden de solicitud y el autónomo podrá emplearla en lo que considere necesario y urgente para mantener la actividad de su negocio.

La ayuda se tramitará exclusivamente a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, o en los restantes registros electrónicos de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a través de un formulario alojado en la web de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).

Los solicitantes deberán estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), adjuntar una declaración que justifique la merma de ingresos provocada por el coronavirus a sus negocios y mantener ese alta en el RETA durante al menos doce meses.

 

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