Kit Digital: Bono para medianas empresas

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Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a la digitalización de empresas pertenecientes a los segmentos IV y V (50 a 250 trabajadores), en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización Pymes 2021-2025 y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Documentación
•    Bases generales
•    Convocatoria


Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las medianas empresas, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en los Segmentos IV (entre 50 y menos de 100 empleados) y V (entre 100 y menos de 250 empleados).


Finalidad de las ayudas
Promover la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las entidades comprendidas en los citados Segmentos IV y V.



Características de las ayudas
  • Las ayudas (“bono digital”) de esta convocatoria tienen la consideración de
    subvención directa.
  • Ayudas en concurrencia no competitiva.
  • Ayudas de Estado cubiertas por la normativa de minimis.

Actuaciones subvencionables
  • Gastos de adopción de las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, que cumplan con lo establecido en el artículo 19 de las Bases Reguladoras.
  • Dispositivos electrónicos, cuando su suministro sea imprescindible para la prestación de la solución contratada, sin que puedan ser utilizados para otros fines distintos que los de prestar esta solución.
  • Por primera vez, se incluyen soluciones que faciliten la adopción de tecnologías de IA.

 

Importe de la ayuda

  • Los beneficiarios recibirán las soluciones de digitalización en especie, proporcionados con la colaboración de un agente digitalizador.
  • Para propósitos contables, la cantidad máxima de bonos que puede recibir una empresa estará valorada en 25.000€ para empresas de entre 50 y menos de 100 empleados (o de menos de 50 siempre que cumplan los requisitos previstos en el apartado tercero de convocatoria), y 29.000€ para empresas de entre 100 y menos de 250 empleados.
  • Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para los Segmentos IV y V están recogidos en el artículo 18 de las Bases Reguladoras.

    Presentación de solicitudes y plazos
    La presentación de solicitudes para las ayudas estará abierta hasta el 30 de junio del 2025. Las solicitudes deberán realizarse exclusivamente a través de la sede electrónica de Red.es.