IRPF: método de estimación objetiva / IVA: régimen especial simplificado (2025)

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El BOE ha publicado la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2025 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

El artículo 32 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el artículo 37 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, establecen que el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA se aplicarán a las actividades que se determinen a través de Orden Ministerial.

 

Por tanto, y con el objeto de dar cumplimiento a los mandatos contenidos en los mencionados preceptos reglamentarios, la presente Orden aprueba, para el ejercicio 2025, las actividades incluidas en los citados regímenes, así como los correspondientes signos, índices y módulos.

 

La presente Orden está en vigor desde el 1 de diciembre de 2024 y será de aplicación durante el año 2025.