Información sobre el fin de las ofertas limitadas de adhesión al sistema arbitral de consumo
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El próximo día 13 de febrero, las limitaciones que empresas o profesionales hubieran planteado en sus ofertas de adhesión al sistema arbitral de consumo, quedan sin efecto en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 713/2024 de 23 de julio.
- Desde ese momento, la adhesión al sistema se entiende efectuada para todas las actividades que desarrolle el empresario bajo el mismo número de identificación fiscal, nombre comercial o marca, salvo que, de forma expresa, se comunique a la Junta Arbitral a través de la que se efectuó la adhesión la renuncia a la oferta hasta ahora vigente, dejando de ofrecer a sus consumidores la posibilidad de acudir al arbitraje de consumo para la solución de los conflictos que puedan surgir entre ambas partes.
Para obtener cualquier información adicional sobre el sistema arbitral de consumo, pueden dirigirse al portal del consumidor de la Comunidad de Madrid a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/consumo/es-funciona-arbitraje-consumo#panel-195375 o a la dirección de correo indicada a continuación.
Si usted como autónomo o su empresa deciden denunciar su oferta de sometimiento al sistema, pueden solicitar información sobre el procedimiento a través del correo sgirac@madrid.org