Información sobre el fin de las ofertas limitadas de adhesión al sistema arbitral de consumo

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El próximo día 13 de febrero, las limitaciones que empresas o profesionales hubieran planteado en sus ofertas de adhesión al sistema arbitral de consumo, quedan sin efecto en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 713/2024 de 23 de julio.

  • Desde ese momento, la adhesión al sistema se entiende efectuada para todas las actividades que desarrolle el empresario bajo el mismo número de identificación fiscal, nombre comercial o marca, salvo que, de forma expresa, se comunique a la Junta Arbitral a través de la que se efectuó la adhesión la renuncia a la oferta hasta ahora vigente, dejando de ofrecer a sus consumidores la posibilidad de acudir al arbitraje de consumo para la solución de los conflictos que puedan surgir entre ambas partes.
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Para obtener cualquier información adicional sobre el sistema arbitral de consumo, pueden dirigirse al portal del consumidor de la Comunidad de Madrid a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/consumo/es-funciona-arbitraje-consumo#panel-195375 o a la dirección de correo indicada a continuación.


Si usted como autónomo o su empresa deciden denunciar su oferta de sometimiento al sistema, pueden solicitar información sobre el procedimiento a través del correo sgirac@madrid.org