Financiación | Ayudas a la innovación a través de la iniciativa Activa Startups 2024

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Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la convocatoria de ayudas “Activa Startups” del año 2024, para el desarrollo de proyectos de colaboración entre pymes y startups, que sirvan para impulsar el crecimiento empresarial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


Finalidad de las ayudas
La finalidad de estas ayudas es favorecer la innovación y colaboración de pymes y startups, impulsando su digitalización y la participación en proyectos colaborativos. Se concederán como ayudas económicas a las empresas beneficiarias, para cubrir los gastos derivados de la colaboración con una startup, en el trabajo de innovación abierta para la resolución del reto.


Bases reguladoras y documentación
•    Convocatoria
•    Bases reguladoras


Beneficiarios
PYMES con domicilio fiscal España que vayan a desarrollar un proyecto de innovación abierta con el asesoramiento y apoyo de una startup. Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos especificados en el Artículo 4 de las bases reguladoras. Se define como “Startup” a empresas de reciente creación (inferior a 5 años).


Quedan excluidas las empresas vinculadas a los siguientes sectores: sectores de la pesca y la acuicultura y las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

Tipología de proyectos elegibles
•    Proyectos de asesoramiento en materia de innovación en transformación
digital.
•    Desarrollo e incorporación de tecnologías emergentes.
•    Transformación hacia una economía baja en carbono.
•    Incorporación de la economía circular en el modelo de negocio de la pyme.

Costes elegibles
La financiación de dichas ayudas se aplicará a los gastos de contratación de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación en la medida en que estén dedicados al proyecto de innovación abierta del programa Activa Startups.
Los costes subvencionables se detallan en el artículo 6.


Otros aspectos de interés
•    Las    ayudas    objeto    de    esta    convocatoria    tendrán    la    consideración    de
subvenciones a fondo perdido.
•    En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos.
•    La    intensidad    de    la    ayuda    concedida    será    del    100%    de    los    costes subvencionables del proyecto hasta un máximo de 9.500€.
•    No está permitida la subcontratación de las actuaciones objeto de la ayuda.
•    Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.


Presentación de solicitudes y plazos
El plazo de presentación estará abierto hasta el 31 de octubre de 2024. Las
solicitudes se dirigirán a la sede electrónica de la Fundación EOI.