Departamento laboral | Sentencia sobre despido disciplinario

En la nota informativa de esta semana nos hacemos eco de otra sentencia que ha sido publicada en diversos medios de comunicación.
La Sentencia es de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (en adelante TSJC) y trata de una empleada de una empresa que fue despedida por utilizar de forma reiterada las redes sociales desde el ordenador del trabajo.
Los hechos de este caso en concreto se remontan al 2023, cuando la empresa abrió expediente disciplinario a la empleada, que llevaba trabajando en esta como auxiliar administrativa desde hacía 9 años, por el acceso reiterado en un corto periodo de tiempo a varias redes sociales como TikTok, Instagram, Pinterest o Facebook, entre otras.
La empresa comunicó la decisión de la apertura del expediente disciplinario a la empleada el 16 de octubre de 2023 a través de burofax y correo electrónico y esta se dio de baja ese mismo día. El despido disciplinario surtía efectos a partir del 31 de octubre de 2023. Mediante la carta de despido, se enuncian los motivos por lo que la empresa tomó la decisión: “Los hechos que se le imputan son dedicar la jornada laboral a navegar en redes sociales, y el reiterado y continuo incumplimiento de la cláusula Adicional VI de su contrato de trabajo relativa al uso de las herramientas informáticas y de telecomunicaciones que la empresa pone a su disposición para la realización de su trabajo”.
La empresa encargó un informe pericial informático para rastrear el ordenador de la empleada durante el periodo del 31 de agosto de 2023 y el 29 de septiembre de 2023 y los resultados arrojaron el dato de hasta 411 accesos a varias redes sociales durante esos días y en plena jornada laboral.
La empleada decidió demandar a la empresa para que fuese declarado su despido como nulo, pero la sentencia del Juzgado de lo Social desestimó la demanda formulada y declaró procedente el despido, avalando la veracidad de los hechos imputados a la trabajadora y sin derecho a indemnización ni salarios de tramitación. Esta no quedó conforme con la resolución, por lo que la exempleada interpuso un recurso de suplicación reiterando su petición de declarar nulo el despido.
El TSJC, tras revisar los hechos y la primera sentencia del Juzgado de lo Social nº4 de Santander, finalmente desestimó el recurso de suplicación y falló a favor de la empresa declarando procedente el despido de la empleada.
Como siempre, desde el equipo laboral de AICA os mantendremos informados de las distintas sentencias emitidas en la jurisdicción social.
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