Bases mínimas y máximas de cotización

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El BOE publica hoy el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.

Esta norma establece para este ejercicio las bases máximas y mínimas de cotización. Además, recuerda que en este año la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional será de 0,80 puntos porcentuales (0,67% a cargo de la empresa y 0,13% a cargo del trabajador).

Por tanto, la base máxima de cotización queda establecida en 4.909,50 € al mes (4.720,50 € en 2024). Ello supone una subida del 4% con respecto al año 2024 (2,8% (revalorización de las pensiones) + 1,2% (DT 38ª de la Ley General de la Seguridad Social).

Recordemos que quienes estén percibiendo un salario por encima de la base máxima habrán de cotizar por la nueva cuota de solidaridad. En concreto:

 

  • Tipo del 0,92 % a la parte de retribución comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad superior a la referida base máxima en un 10 %;
  • Tipo del 1 % a la parte de retribución comprendida entre el 10 % superior a la base máxima de cotización y el 50 %
  • Tipo del 1,17 % a la parte de retribución que supere el 50% de la base máxima de cotización.

 

Las bases mínimas de cotización para 2025, de forma transitoria, son las mismas que en 2024 (1.323 € al mes). Cuando se incremente el SMI (actualmente 15.876 €/año) se ajustarán automáticamente en función de dicha cuantía, incrementada en un sexto.

 

Por otra parte, se indica que “en aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto-ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 31 de diciembre de 2025. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida. Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos”.