Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Extracto de la orden de 22 de mayo de 2023, por la que se efectúa la convocatoria de concesión de ayuda a proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector de productos sanitarios en el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Finalidad de las ayudas
Esta convocatoria, orientada al tejido industrial, busca apoyar proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector de productos sanitarios. Con esta línea se apoyarán proyectos de I+D+i así como actuaciones enfocadas a la sostenibilidad a través de la mejora de la eficiencia energética y la economía circular en línea con el ‘Green Deal’ de la Unión Europea.
Bases reguladoras y otra documentación
Beneficiarios
Sociedades privadas, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden de bases.
Proyectos financiables
Los proyectos presentados deberán enmarcarse en alguna de las líneas de actuación definidas en el artículo 6 de la orden de bases.
Todas estas actuaciones se aplican en la cadena de valor de la industria farmacéutica y de productos sanitarios y se enmarcan en alguna de las siguientes líneas temáticas: economía circular y ecoinnovación; descarbonización y eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes; materiales y productos avanzados; innovación en procesos de calidad y seguridad e innovaciones del proceso productivo derivadas de la prioridad de materiales y productos avanzados.
Características de las ayudas
• Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán tener la forma de préstamo, subvención o de una combinación de ambas modalidades.
• En su solicitud, las entidades podrán seleccionar si solicitan ayuda en la modalidad de préstamo reembolsable, subvención o de una combinación de las dos modalidades.
• Si fueran en modalidad de préstamo reembolsable, se concederán al tipo de interés del 0%, y con un plazo de amortización total de 10 años con 3 años de carencia.
• La financiación total a conceder en cualquier caso será como máximo del 80% del presupuesto financiable.
Costes elegibles
Tendrán la consideración de gastos financiables, los que satisfagan lo establecido el artículo 31.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se encuadren en alguna de las categorías detalladas en los apartados detallados en el artículo 7 de la convocatoria.
Otros aspectos de las ayudas
• Cada entidad podrá presentar una única o varias solicitudes en esta convocatoria.
• Cada solicitud contendrá un único proyecto individual, independiente y autónomo Solo serán subvencionables los proyectos que se inicien en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda (“efecto incentivador”).
Presentación de solicitudes y plazo
El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 31 de mayo de 2023 y finalizará el día 29 de junio de 2023.
La presentación de solicitudes se podrá realizar a través de la sede electrónica del MINCOTUR. Para más información sobre la tramitación y acceder al documento completo de la convocatoria, se aconseja visitar el apartado de estas ayudas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (Código BDNS: 697379).