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Convocatoria de ayudas a la movilidad eléctrica. Programa MOVES III 2021-2022-2023

Actualidad, Noticias

El BOCM del 22 de julio ha publicado el Extracto de 15 de julio de 2021, de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 15 de julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III. Años 2021-2022-2023.

Le recordamos que las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas por el Real Decreto 266/2021.

Las actuaciones subvencionables son las siguientes:

1. Adquisición de vehículos eléctricos (Programa 1). Se requiere que el abono/exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se efectúe en un municipio de la Comunidad de Madrid. Los modelos de vehículos susceptibles de ser incentivados deberán figurar en la base de vehículos publicada en la web del IDAE. 2. Despliegue de la infraestructura de recarga (Programa 2). Se requiere que la infraestructura esté ubicada en la Comunidad de Madrid.

Los destinatarios últimos de las ayudas son los siguientes:

1. Las personas físicas que desarrollen actividades económicas.

2. Las personas físicas mayores de edad.

3. Las comunidades de propietarios.

4. Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las entidades de conservación de polígonos o sociedades agrarias de transformación cuyo NIF comience por V.

5. Las entidades locales.

La dotación presupuestaria total es de 52.974.173 euros, de los que:

– 37.081.000 € (el 70%) irán destinados al Programa 1.

– 15.893.173 € (el 30%) irán destinados al Programa 2.

Las solicitudes de ayuda del Programa 1 se canalizarán exclusivamente a través de los concesionarios/puntos de venta/empresas de renting adheridas al Programa MOVES III y las del Programa 2 a través de las empresas instaladoras adheridas al citado Programa, con la excepción indicada en el apartado séptimo de la convocatoria. Las solicitudes serán atendidas por orden de registro hasta el agotamiento de fondos.

Puede ampliar esta información a través de la página web de FENERCOM (www.fenercom.com) y el texto completo de la convocatoria a través del siguiente link (Identif.: 575060).

Despido disciplinario por utilizar el coche de empresa

Actualidad, Laboral, Noticias

Estimados asociados, en la nota informativa de esta semana del Departamento Laboral de AICA analizamos una sentencia del 24 de julio de 2019, de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (en adelante TSJ).

En la sentencia, el TSJ declara procedente el despido disciplinario de un trabajador que se ausentó en varias ocasiones de su puesto de trabajo y realizó actividades particulares en su propio beneficio, ajenas por completo a su cometido y a la empresa, utilizando para ello el vehículo de la empresa que estaba autorizado a utilizar únicamente para uso profesional.

El trabajador venía prestando servicios para una empresa de limpieza de lunes a jueves de 8.30 a 14.00 horas y de 15.30 a 18.00 y los viernes de 8.00 a 15.00 horas. La empresa le comunicó su despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, debido a los reiterados abandonos de su puesto de trabajo para acudir a su domicilio particular y llevar a cabo actividades particulares utilizando indebidamente el vehículo de la empresa.

Entre los hechos alegados en la carta de despido se constata que durante varios días, el trabajador deambuló por uno pocas calles de la ciudad, permaneció en su domicilio por espacio de más de una hora, cargó madera en el vehículo propiedad de la empresa, acudió en dos ocasiones a establecimientos hosteleros por un total de 65 minutos, donde consumió unas cervezas dentro de su jornada laboral y sin tomar en consideración que conducía un vehículo de la empresa, recogió a su esposa para llevarla a su domicilio de nuevo y dar por finalizada la jornada.

Pero es que, además, otros dos días el trabajador, en su jornada laboral abandonó su puesto de trabajo en el vehículo de la empresa para recoger a su hija del colegio y, tras permanecer un tiempo en el domicilio, posteriormente lo abandonó de nuevo o para ir a recoger a su mujer a su domicilio particular para llevarla a un centro cívico y finalizar así su jornada laboral con una antelación al menos de una hora.

El trabajador impugnó su despido al considerar que los hechos imputados en la carta de despido no revisten gravedad suficiente para adoptar la máxima respuesta disciplinaria.

La cuestión litigiosa consistía en determinar si es procedente el despido de un trabajador por abandonar en varias ocasiones su puesto de trabajo para realizar actividades particulares o para acudir a su domicilio, utilizando para ello el coche de empresa.

En primer lugar, el TSJ recuerda que la buena fe contractual resulta consustancial al contrato de trabajo que, por su naturaleza sinalagmática, genera derechos y deberes recíprocos entre empresario y trabajador, como el deber de mutua fidelidad.

Por lo tanto, añade la sentencia, el deber de mutua fidelidad entre empresario y trabajador es una exigencia de comportamiento ético jurídicamente protegido y exigible en el ámbito contractual, y la deslealtad implica siempre una conducta totalmente contraria a la que habitualmente ha de observar el trabajador respecto de la empresa como consecuencia del postulado de fidelidad, situándose su incumplimiento en el quebranto de dichos valores.

Asimismo, argumenta el Tribunal, en el mundo de las relaciones laborales también rige el principio básico y fundamental de la buena fe, que se convierte en un criterio de valoración de conductas que se traduce en directivas equivalentes a lealtad, honorabilidad, probidad y confianza.

En ese sentido, razona la Sala, para que los incumplimientos contractuales puedan erigirse en causa que justifiquen sanción de despido, las circunstancias de los trabajadores y la relación que ello tiene con el hecho imputado y su conducta, han de alcanzar cotas de culpabilidad y gravedad suficientes atendiendo a su repercusión concreta en el contrato de trabajo.

En el supuesto concreto, concluye el TSJ, la conducta del trabajador es claramente ajena a la buena fe contractual exigible al haberse ausentado de su puesto de trabajo sin causa justificada, ni tolerada por la empresa, dedicándose a actividades particulares y/o incluso lúdicas.

El TSJ considera que abandonar de forma reiterada el puesto de trabajo para acudir al domicilio particular o para realizar actividades particulares y utilizando el vehículo de empresa para ello, supone una pérdida de confianza para la empresa.  En concreto, la sentencia considera que tales conductas quiebran la buena fe contractual que se exige entre trabajador y empresario, y revisten de las notas de gravedad y culpabilidad necesarias para la extinción de la relación laboral. Todo ello lleva al TSJ a desestimar el recurso interpuesto por el trabajador y confirmar la procedencia del despido.

Como siempre, os recordamos qué si queréis realizar un despido por motivos disciplinarios de un empleado en vuestra empresa, podéis contactar con el equipo laboral de AICA que os asesorará al respecto.

Renovauto Alcobendas clausura su novena edición con 249 vehículos vendidos y una facturación de casi 3 millones de euros

Actualidad, Notas de Prensa, Noticias
  • Durante los cinco días que ha durado la feria se han vendido un total de 249 vehículos, lo que supone casi un 75 % de los coches en exposición.
  • Un 60 % de los vehículos vendidos se ha financiado y el precio medio de venta ha sido de 11 900 euros.
  • Un 45 % de los clientes no procedía de Alcobendas, lo que demuestra el alcance de esta Feria, consolidada como una de las más importantes de la Comunidad de Madrid.

 

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 El pasado domingo Renovauto, la Feria del Vehículo de Ocasión de Alcobendas, clausuró su novena edición con un balance satisfactorio para el sector de la automoción de Alcobendas. El evento, organizado por la Asociación de Empresarios de Alcobendas – AICA y el Ayuntamiento de Alcobendas, ha generado 2, 95 millones de euros de facturación y se han vendido un total de 249 vehículos.

En comparación con la edición anterior, las cifras han experimentado una mejora moderada. En el cómputo global, se han adquirido 17 vehículos más que en 2016 en los 12 concesionarios participantes. Lo que se traduce en una media de 21 coches vendidos por concesionario. Además, en términos generales Renovauto ha conseguido vender el 75 % de los 350 coches expuestos durante la Feria.

Renovauto Alcobendas supone una gran inyección económica para los concesionarios de la zona. Contar con un espacio en la Feria del Vehículo de Ocasión de Alcobendas se traduce en una facturación de más de 246 000 euros de media para expositor; además de ser un gran escaparate para darse a conocer ante las más de 8 500 personas que han visitado en estos cinco días los expositores.

El precio medio de venta en esta edición de Renovauto ha rondado los 11 900 euros y, de todos los coches vendidos, se han financiado un 60 %, lo que indica que la mayoría de los clientes no cuentan con liquidez suficiente para adquirir un vehículo. Por ello, uno de los mayores atractivos de Renovauto son las facilidades de financiación que ofrecen los concesionarios participantes, permitiendo financiar la adquisición de un vehículo hasta en 120 meses.

De todos los compradores en esta edición de Renovauto, un 46 % no procedía de Alcobendas. Este dato corrobora el gran alcance de esta feria, consolidada como una de las más importantes de la Comunidad de Madrid tras el Salón del Vehículo de Ocasión de IFEMA.

Todos los concesionarios han mostrado una valoración muy positiva respecto a la organización del evento y han destacado aspectos como el apoyo recibido, la limpieza, y los elementos decorativos para cada expositor. Además, todos ellos han manifestado su interés en participar en futuras ediciones. A partir de ahora comienzan los preparativos para el gran aniversario, la décima edición de la Feria del Vehículo de Ocasión de Alcobendas.

Apostando por las empresas

La Feria del Vehículo de Ocasión de Alcobendas, es la gran apuesta de AICA y el Ayuntamiento para dar una mayor proyección al sector automovilístico de la ciudad, uno de los que más empleos sostiene. La venta de vehículos contribuye al desarrollo económico de otras empresas inherentemente ligadas al sector, como talleres, ITV, gasolineras, empresas de recambios, limpieza de vehículos, etc. En Alcobendas, el sector de la automoción representa 10 111 puestos de trabajo y reúne a 214 empresas. En la ciudad hay 41 concesionarios de vehículos, 49 empresas de transporte, alquiler de vehículos y mensajería, 94 empresas de reparación de vehículos, 22 de repuestos y accesorios, 8 de lavado y engrase además de dos de las más importantes empresas de renting en España.

Renovauto, la Feria del Vehículo de Ocasión de Alcobendas, se ha celebrado del 20 al 24 de septiembre en el Recinto Ferial del Parque de Andalucía. Más información: www.renovautoalcobendas.com.